Renovación de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia de larga duración

Renovación de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia de larga duración

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica sobre Derechos y Libertades de los extranjeros en España, y en el art. 16.1, 2º párrafo de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, las inscripciones padronales de los extranjeros NO comunitarios sin autorización de residencia de larga duración, deberán renovarse cada dos años.

El Ayuntamiento de Alicante remite comunicaciones a los interesados a los efectos de RENOVAR su inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes antes de que se cumpla la fecha de caducidad de la referida inscripción, al domicilio que conste en el Padrón Municipal de Habitantes.

Las renovaciones se realizarán mediante la ratificación de los datos que ya constan en el Padrón, incluyendo una declaración de continuar viviendo en el municipio y en el domicilio en que figuren empadronados y su voluntad de renovar la inscripción.

En el caso de que la renovación se realice por los medios electrónicos habilitados, se aportará además documentación acreditativa de la continuidad de su residencia en el municipio (recibo de consumo eléctrico, gas etc. de la vivienda a nombre del interesado, inscripción de menores en un centro escolar del municipio etc. según corresponda).

Las formas de presentación son:

Los Ayuntamientos acordarán la baja por caducidad en su Padrón de las inscripciones de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia de larga duración que no hayan renovado su inscripción, transcurridos dos años desde su fecha de alta en el Padrón o desde la fecha de la última renovación expresa. Esta caducidad podrá declararse sin necesidad de audiencia previa al interesado. (Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón Municipal).

 

Presentación
Documentación a presentar: 

IMPORTANTE:

  • El trámite debe realizarlo la persona interesada de manera presencial sin cita previa en la Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Cervantes', salvo que se realice de manera telemática en Sede Electrónica. En caso de no poder asistir por causa de fuerza mayor, su representante deberá aportar documento notarial expedido por un notario del Estado español, o mediante declaración en comparecencia personal del interesado ante funcionario público competente.
  • Todos los documentos a presentar tienen que estar en vigor y deben ser originales, salvo que se indique lo contrario. 
  • En caso de documentación oficial extranjera, debe estar traducida juradamente al español.
  • Cuando existan indicios de duda, el Ayuntamiento podrá realizar las comprobaciones oportunas respecto a los datos aportados en cuanto a la identidad, el domicilio y/o la representación.

Solicitud de renovación cumplimentada y firmada, junto con documento de identificación de la persona interesada.

 

 

Formas de Presentación

Información complementaria