Justificación Subvención Cooperación 2023

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BASE DECIMOQUINTA: 

La justificación del gasto realizado con motivo del proyecto de actuación subvencionado se realizará conforme a lo que a continuación se señala:
LINEA 1:
• El primer plazo, como mínimo del 50% del importe total de la subvención, se podrá presentar en el plazo de un mes contando a partir del día siguiente del cobro del primer abono de la subvención.
• El segundo plazo, hasta completar el 100% del importe total del proyecto subvencionado, una vez finalizado el Proyecto, y en todo caso, teniendo comofecha límite el 31 de enero de 2024.
Para que los gastos imputados se consideren correctamente justificados deberán estar efectivamente pagados dentro los plazos establecidos para la presentación de la documentación, en cada justificación.
La justificación se realizará mediante la presentación en el Registro General a travésde la Sede Electrónica del Ayuntamiento, o en la forma y lugares previstos en la Base
SÉPTIMA de las presentes, a través de escrito dirigido a la Concejalía de DerechosPúblicos, firmado por el presidente de la entidad beneficiaria de la subvención y con lasiguiente documentación:

A) JUSTIFICACIÓN PARCIAL:
I. La presentación de la justificación parcial relativa al 50% del primer plazo de la subvención, se realizará de acuerdo con el ANEXO VII-A “INFORME DE SEGUIMIENTO” para proyectos de la Línea 1.

II. En caso de haber finalizado la ejecución del proyecto, se podrá presentar la justificación final junto con la documentación requerida para el segundo y último plazo.

B) JUSTIFICACIÓN FINAL:
A tal efecto, se deberá aportar:
1) Justificante bancario de la transferencia de los fondos efectuada al beneficiario de la subvención en el país de destino o a la contraparte internacional que corresponda.
2) Justificante bancario de la efectiva recepción de los fondos en el país de destino, en el que se refleje el tipo de cambio aplicado a la transacción con distinta moneda al euro.
3) Memoria del proyecto subvencionado ejecutado (justificación técnica), suscrita por persona autorizada en representación de la entidad beneficiaria, que incluya cuenta justificativa de ingresos y gastos según el modelo “ANEXO IX”, acompañada por los correspondientes justificantes.

La acreditación de los gastos incluidos en la cuenta justificativa deberá completarse con la presentación del registro contable de los mismos en los Estados Financieros del beneficiario.

4) Documento gráfico que acredite el cumplimiento de las medidas de publicidad impuestas por la legislación aplicable, en el que conste que el proyecto ha sido subvencionada por el Excmo Ayuntamiento de Alicante,

LÍNEA 2:

A) JUSTIFICACIÓN PARCIAL:
I. La presentación de la justificación parcial relativa al 50% del primer plazo de la subvención, se realizará de acuerdo con el ANEXO VII-B “INFORME DE SEGUIMIENTO” para proyectos de la Línea 2.
II. En caso de haber finalizado la ejecución del proyecto, se podrá presentar el INFORME FINAL, según Modelo, junto con la documentación requerida para el
segundo y último plazo.
B) JUSTIFICACIÓN FINAL:
I. Se presentará según el ANEXO VIII para la Línea 2 “INFORME FINAL” del proyecto en donde se especifique el desarrollo y resultados del mismo, con las observaciones
que correspondan sobre la propuesta original del proyecto.
II. La cuenta justificativa de gastos y memoria económica del coste de las actividades realizadas, serán las descritas en el “ANEXO IX”. 

La acreditación de los gastos incluidos en la cuenta justificativa deberá completarse con la presentación del registro contable de los mismos en los Estados Financieros del beneficiario.

Presentación
Plazo de presentación: 
De 27 de Diciembre de 2023 hasta 31 de Enero de 2024

Formas de Presentación