Beldjilali explica que “la tasa de recogida, transporte y tratamiento de residuos vuelve este año al calendario habitual junto al IBI tras la modificación del año pasado por la ent
El Ayuntamiento empieza a girar los recibos a los ciudadanos mientras que los cobros domiciliados se cargarán el 3 de junio o el 7 de abril, 4 de mayo, 3 de junio, 3 de julio, 3 de agosto y 3 de septiembre en el caso de los que han solicitado el fraccionamiento
Alicante, 26 de marzo de 2026. El periodo de pago voluntario del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y de la Tasa de Recogida, Transporte y Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos (tasa de basuras) 2026 se extiende hasta el próximo 30 de junio.
La Concejalía de Hacienda ha comenzado a girar los recibos a los ciudadanos para que puedan abonarlos hasta el 30 de junio. En el caso de los contribuyentes que tengan domiciliados los pagos se cargarán el 3 de junio si tienen establecido un pago único y el 7 de abril, 4 de mayo, 3 de junio, 3 de julio, 3 de agosto y 3 de septiembre en el caso de los que soliciten el fraccionamiento.
La concejala de Hacienda, Nayma Beldjilali, ha explicado que “la tasa de recogida, transporte y tratamiento de residuos vuelve este año al calendario habitual junto al IBI tras la modificación del año pasado por la entrada en vigor de la nueva ordenanza” en aplicación de la normativa europea que exigió el Gobierno central a todos los ayuntamientos para la equiparación del coste de la recogida, transporte y tratamiento con la tasa.
El Ayuntamiento de Alicante ha establecido bonificaciones por colaborar en la recogida selectiva en origen, es decir, por el depósito en los contenedores de residuos orgánicos (contenedor marrón) con el uso de la tarjeta electrónica o la aplicación (app) de ‘Tú haces Alicante’. Estas bonificaciones pueden llegar al 20% por el uso de esta tarjeta de manera habitual.
Los pagos de las tasas se pueden realizar por internet, en entidades colaboradoras y en la red de cajeros de la Tesorería Municipal. Los ciudadanos pueden solicitar el fraccionamiento de cualquier recibo de impuesto o tasa municipal que sobrepase los 100 euros.






