Medidas excepcionales frente a la Covid-19 en la Comunitat Valenciana

Información de la hemeroteca de noticias municipales por tener una antigüedad superior a 2 años

Se prohíbe la circulación, deambulación y permanencia en vías y espacios de uso público entre 00.00 y 06:00 horas. Se restringe la entrada y salida del territorio de la C.V.

COMERCIO Y HOSTELERÍA

nuevas medidas hasta el 15 de enero de 2021

RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 2020, de las conselleras de Sanidad Universal y Salud Pública; y de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se acuerdan medidas adicionales relativas a los locales de ocio nocturno

DECRETO 19/2020, de 5 de diciembre, del president de la Generalitat, por el que se prorroga la medida de restricción de entrada y salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana, adoptada en el Decreto 15/2020, de 30 de octubre, de medidas temporales y excepcionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid19 y al amparo de la declaración del estado de alarma, y prorrogada por los Decretos 16/2020, de 5 de noviembre, 17/2020, de 12 de noviembre, y 18/2020, de 19 de noviembre, del president de la Generalitat, y se adoptan nuevas medidas

RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerda nuevas medidas adicionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19

DECRETO 18/2020, de 19 de noviembre, del president de la Generalitat, por el que se prorroga la medida de restricción de entrada y salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana, adoptada en el Decreto 15/2020, de 30 de octubre, de medidas temporales y excepcionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 y al amparo de la declaración del estado de alarma, y prorrogada por los Decretos 16/2020, de 5 de noviembre, y 17/2020, de 12 de noviembre, del president de la Generalitat, y se prorroga otra medida.

Se prorroga la medida de restricción de entrada y salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana hasta las 23.59 horas del día 9 de diciembre de 2020, en los términos especificados en los mismos.

DECRETO 17/2020, de 12 de noviembre, del president de la Generalitat, por el que se prorroga la medida de restricción de entrada y salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana, adoptada en el Decreto 15/2020, de 30 de octubre, de medidas temporales y excepcionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 y al amparo de la declaración del estado de alarma, y prorrogada por el Decreto 16/2020, de 5 de noviembre, del president de la Generalitat.e prorroga la medida de restricción de entrada y salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana, adoptada en el Decreto 15/2020, de 30 de octubre

RESOLUCIÓN de 6 de noviembre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerda medidas adicionales extraordinarias en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19

La presente resolución producirá efectos desde las 00.00 horas del día 7 de noviembre de 2020, hasta las 23.59 horas del día 9 de diciembre de 2020.

Medidas relativas a establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales que no formen parte de centros y parques comerciales

  • Los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales, con independencia de su superficie útil de exposición y venta, deberán reducir a 1/3 el aforo total en los establecimientos y locales. En el caso de establecimientos o locales distribuidos en varias plantas, la presencia de clientela en cada una de ellas, deberá guardar aquesta misma proporción. Si no es posible mantener la distancia de de seguridad, se restringirá la permanencia dentro del local a un cliente.

Medidas relativas a centros y parques comerciales.  Los centros y parques comerciales, incluidas sus zonas comunes y recreativas, han de garantizar el cumplimiento de los siguientes requisitos:

  • Que se limite a un 50 % del aforo en cada uno de los establecimientos y locales comerciales situados en ellos.
  •  No se permitirá la permanencia de clientes en las zonas comunes, incluidas las áreas de descanso, excepto para el mero tránsito entre los establecimientos comerciales.
  • Deberán estar cerradas las zonas recreativas como parques infantiles o similares

Medidas relativas a los establecimientos de hostelería y restauración.

  • Se suspende la actividad de los locales de discotecas, salas de baile, karaoke y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo. Y se suspende también la realización de karaokes y actuaciones esporádicas o amateur de canto en los establecimientos de restauración y hostelería.
  • El consumo en el interior del local no podrá superar 1/3 del aforo.
  • el consumo en las terrazas no podrá superar el 50 % del aforo.
  • No se permiten los servicios tipo self-service o bufet.
  • No se permitirá el consumo colectivo o en grupo, de bebidas en la calle o en espacios públicos ajeno a los establecimientos de hostelería o similares.

DECRETO 16/2020, de 5 de noviembre, del president de la Generalitat, por el que se prorroga la medida de restricción de entrada y salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana, adoptada en el Decreto 15/2020, de 30 de octubre, de medidas temporales y excepcionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 y al amparo de la declaración del estado de alarma, y se adoptan otras medidas.

DECRETO 15/2020, de 30 de octubre, del president de la Generalitat, por el que se adoptan medidas temporales y excepcionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 y al amparo de la declaración del estado de alarma 

Se restringe la entrada y salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados. 

RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la se acuerda medidas adicionales excepcionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19

Se prohíbe la circulación, deambulación y permanencia en vías y espacios de uso público de todas las personas entre las 00.00 horas y las 06.00 horas 

 

____________________________________

Concejalía de comercio y hostelería-Ayuntamiento de Alicante