1-7-2018 se prohíbe la entrega gratuita de bolsas de plástico

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A partir del 1 de julio estará prohibido que cualquier comercio regale bolsas de plástico

Cartel bolsas de plástico

A partir del 1 de julio de 2018 estará prohibido que cualquier comercio —ya sea una gran superficie o una pequeña tienda de ultramarinos o de ropa— regale bolsas de plástico de entre 15 y 50 micras, que son las que más se utilizan ahora.

El BOE de 19 de mayo de 2018 publicó el  Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores

La medida tiene por objeto adoptar medidas para reducir el consumo de bolsas de plástico, con la finalidad de prevenir y reducir los impactos adversos que los residuos generados por dichas bolsas de plástico producen en el medio ambiente, con especial atención al daño ocasionado a los ecosistemas acuáticos, y en determinadas actividades económicas, como la pesca o el turismo, entre otras. Asimismo, tiene por objeto evitar la pérdida de recursos materiales y económicos que supone el abandono de las bolsas de plástico y su dispersión en el medio ambiente.

Las medidas que se adoptan son las siguientes:

A partir del 1 de julio de 2018: 

  • Se prohíbe la entrega gratuita a los consumidores de bolsas de plástico en los puntos de venta de bienes o productos, a excepción de las bolsas de plástico muy ligeras y de las bolsas de plástico con espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o mayor al 70% de plástico reciclado (El comerciante debe disponer de documentación que acredite ese porcentaje).
  • Los comerciantes cobrarán una cantidad por cada bolsa de plástico que proporcionen al consumidor. Los precios varían de los 5 céntimos a los 15 céntimos, en función del espesor de la bolsa según indica el citado Real Decreto. 
  • Los comerciantes informarán a los consumidores de los precios establecidos, exponiéndolos al público en un lugar visible.

A partir del 1 de enero de 2020:

  • Se prohíbe la entrega a los consumidores, en los puntos de venta de bienes o productos, de bolsas de plástico fragmentables.
  • Las bolsas de plástico de espesor igual o superior a 50 micras contendrán un porcentaje mínimo del 50 % de plástico reciclado.

A partir del 1 de enero de 2021

Se prohíbe la entrega de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras al consumidor en los puntos de venta de bienes o productos, excepto si son de plástico compostable. 

Todas las medidas incluidas en este artículo afectarán tanto a las bolsas de plástico que se entreguen en los puntos de venta de bienes o productos como a las que puedan suministrarse en la venta online, así como a las entregadas a domicilio. 

Concejalía de comercio y hostelería / Ayuntamiento de Alicante

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