El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión, para la temporada 2026/2027, de subvenciones a clubes deportivos y secciones deportivas de otras entidades, sin ánimo de lucro y con domicilio social en el municipio de Alicante, por la realización de Escuelas Deportivas de Iniciación.
La finalidad es contribuir a la promoción y difusión de la práctica deportiva dirigida tanto a colectivos vulnerables como a jóvenes, empadronados en el municipio de Alicante, ya sea fomentando su participación en deportes minoritarios como facilitando el acceso a su ejercicio, ayudando a sufragar parte de los gastos que ocasionen la ejecución de las actividades definidas en los proyectos presentados.
La dotación presupuestaria máxima destinada a esta convocatoria será de 190.000 euros.
La concesión de la subvención se efectuará en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria y procedimiento selectivo único.
FASE ACTUAL
Publicado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alicante, edicto relativo a la resolución de la convocatoria para la concesión de Subvenciones para la realización de Escuelas Deportivas de Iniciación, anualidad 2026.
TRAMITACIÓN
- 30/06/2026 - Publicación en el B.O.P.
- 01/07/2026 - Apertura del plazo de presentación de solicitudes
- 15/07/2026 - Fin plazo de presentación de solicitudes
- 04/09/2026 - Publicación aprobación provisional
- 05/09/2026 - Inicio plazo alegaciones
- 18/09/2026 - Fin plazo alegaciones
- 07/10/2026 - Publicación edicto aprobación resolución de la convocatoria.
- 01/02/2027 hasta 15/02/2027 - Plazo 1ª justificación.
- 01/06/2027 hasta 15/06/2027 - Plazo 2ª justificación.
CALENDARIO DE PAGOS Y JUSTIFICACIÓN
- OCTUBRE-2026: Se realiza un primer pago (50% del importe concedido).
- FEBRERO-2027: Del 1 al 15 de febrero de 2027, se justifica el primer pago recibido (50% del importe concedido) y se realiza un segundo pago (el 25% del importe concedido).
- JUNIO-2027: Del 1 al 15 de junio de 2027, se justifica el restante 50% del importe concedido y se realiza un tercer pago (el restante 25% del importe concedido).
DÓNDE TRAMITAR
En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante.
CONTACTO
Para cualquier consulta o aclaración acerca de la convocatoria, contactar en el correo: subvenciones.deportes@alicante.es
Para cualquier consulta o aclaración acerca de los requerimientos técnicos de la Sede Electrónica, contactar en el correo: tramit.online@alicante.es
AVISO LEGAL
La información proporcionada es a título informativo y en ningún caso sustituye a las bases reguladoras de la convocatoria, en caso de discrepancia solo se tendrá en cuenta lo contenido en las citadas bases.
JUSTIFICACIÓN
Los gastos subvencionables deberán producirse y realizarse dentro del plazo comprendido desde el día siguiente de la publicación del acuerdo de concesión hasta el 31 de mayo de 2027.
Tendrán la consideración de gastos subvencionables, en lo referente a la presente convocatoria, los gastos indicados a continuación y exclusivamente los relacionados con las Escuelas Deportivas de Iniciación desarrolladas, según los términos previstos en el artículo 31 de la LGS.
| GASTOS | CONDICIONES | JUSTIFICACIÓN DEL GASTO |
| Material deportivo | Adquisición de material, incluye tanto material deportivo como equipaciones deportivas. | Factura con indicación expresa del material suministrado. |
| Salud deportiva | Suministros de botiquín médico. | Factura con indicación expresa del material suministrado. |
| Seguros | Mutualidades deportivas, seguros de responsabilidad civil de la entidad o seguro de accidentes, relacionados con las Escuelas Deportivas de Iniciación desarrolladas. | Certificado o documento expedido por la mutualidad, aseguradora o federación correspondiente, indicando que dicho seguro se corresponde únicamente a las Escuelas Deportivas de Iniciación. Si en dicho documento no se hace constar que el pago ha sido realizado, se adjuntará justificante que lo acredite. |
| Personal |
Nóminas de monitores deportivos y entrenadores. Nóminas de personal administrativo. Facturación de autónomos o mercantil. |
Por cada mensualidad que se quiera justificar, se adjuntará: nómina, RLC (Relación de Liquidación de Cotizaciones) y RNT (Relación Nominal de Trabajadores). |
| Federativos | Licencias federativas. Inscripciones en competiciones federadas oficiales. | Se acreditarán mediante factura o certificado expedido por la federación correspondiente en el que se haga constar que se ha realizado el pago. |
| Arbitrajes | Gastos de arbitrajes, jueces, cronometradores y secretarías técnicas. | Se acreditarán mediante factura o certificado expedido por el comité de árbitros correspondiente en el que se haga constar que se ha realizado el pago. |
Será subvencionable, en relación con los gastos indicados en la relación anterior, el Impuesto sobre el Valor Añadido cuando dicha cantidad sea efectivamente abonada y no pueda ser deducida ni recuperada por la entidad beneficiaria.
Al realizar el trámite de justificación indicado en este apartado, se deberá adjuntar la documentación justificativa de los gastos producidos, que serán facturas y demás documentos de valor probatorio con validez en el tráfico mercantil o con eficacia administrativa, en los términos establecidos reglamentariamente. En lo concerniente a las facturas se cumplirá lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
En las bases de la convocatoria se puede encontrar más información sobre la documentación a aportar para la justificación.






