El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión, para la temporada 2025/2026, de subvenciones a clubes deportivos y secciones deportivas de otras entidades, sin ánimo de lucro y con domicilio social en el municipio de Alicante, por el fomento del aprendizaje para que se adquieran y desarrollen las técnicas básicas de los deportes náuticos.
La finalidad es la iniciación, teniendo en cuenta el creciente desarrollo de los deportes náuticos, de menores empadronados en el municipio de Alicante en aras a que los condicionantes sociales no impidan el acceso a estos deportes, ayudando a sufragar parte de los gastos ocasionados.
La dotación presupuestaria máxima destinada a esta convocatoria será de 163.200 euros.
La concesión de la subvención se efectuará en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria y procedimiento selectivo único.
Publicado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alicante, edicto relativo a la aprobación de las bases reguladoras y convocatoria de la concesión de Subvenciones Deportes Náuticos 2025. Plazo de presentación de solicitudes: del 23 de julio al 6 de agosto de 2025. |
TRAMITACIÓN
- 22/07/2025 - Publicación en el B.O.P.
- 23/07/2025 - Apertura del plazo de presentación de solicitudes.
- 06/08/2025 - Fin del plazo de presentación de solicitudes.
DÓNDE TRAMITAR
En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante.
ALTA DE TERCEROS
Al realizarse el pago de la subvención mediante transferencia bancaria, es condición indispensable, que la entidad deportiva esté dada de Alta como Tercero en la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Alicante.
En el caso de no estar dada de alta, necesitar rectificar algún dato o modificar la cuenta bancaria, se deberá realizar el trámite con carácter previo a la presentación de la solicitud.
En este enlace se dispone de información para la realización de dicho trámite.
CONTACTO
Para cualquier consulta o aclaración acerca de la convocatoria, contactar en el correo: subvenciones.deportes@alicante.es
Para cualquier consulta o aclaración acerca de los requerimientos técnicos de la Sede Electrónica, contactar en el correo: tramit.online@alicante.es
AVISO LEGAL
La información proporcionada es a título informativo y en ningún caso sustituye a las bases reguladoras de la convocatoria, en caso de discrepancia solo se tendrá en cuenta lo contenido en las citadas bases.
Junto con la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación:
a) CIF de la entidad.
b) Estatutos de la entidad.
c) Acta nombramiento de la Junta Directiva de la entidad actualizada, Certificado expedido por el secretario de la entidad recogiendo la composición de la Junta Directiva o Certificado oficial con indicación de dicha Junta Directiva (se debe aportar uno de los documentos anteriores).
d) En el caso de ser una asociación o club deportivo, declaración responsable en la que se indique que se ha celebrado una sesión de la junta directiva para acordar la solicitud de la convocatoria (no es necesario adjuntarla, se declara al firmar el trámite de la solicitud electrónica).
e) Declaración responsable en la que se asumen los compromisos que se derivan de las condiciones específicas indicadas en el acuerdo de concesión, si las hubiese, así como lo estipulado en el proyecto presentado y las condiciones generales indicadas en el Anexo 1 - Contenido proyecto (no es necesario adjuntarla, se declara al firmar el trámite de la solicitud electrónica).
f) Declaración responsable Anexo 3 - Declaración en la que se debe indicar las actividades, desarrolladas por la entidad durante la temporada 2024/2025, en el ámbito de la iniciación a los deportes náuticos. La inexactitud o falsedad en dicha declaración responsable conllevará la inadmisión de la solicitud en la convocatoria.
g) Proyecto de Actividades Náuticas propuestas por la entidad. Solo puede presentarse un proyecto por entidad, debe ajustarse a las modalidades establecidas en el Anexo 2 - Modalidades deportivas y debe redactarse cumpliendo las condiciones definidas en el Anexo 1 - Contenido proyecto.
En el formulario de la solicitud, se puede autorizar a la Concejalía de Deportes el acceso a la Tesorería del Ayuntamiento de Alicante y a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, para verificar que la entidad está al corriente de sus obligaciones tributarias y a la Tesorería General de la Seguridad Social para verificar que la entidad no tiene deudas con el citado organismo.
Si por motivos ajenos a la Concejalía de Deportes no se tuviese acceso a la consulta de la información anteriormente señalada, se requerirá a los interesados para que la aporten al expediente.
En el caso de que no se autorice el acceso a la consulta de dichos datos, se deberán aportar los certificados positivos, a nombre de la entidad, de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Tesorería del Ayuntamiento de Alicante y con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de no tener deudas con la Tesorería General de la Seguridad Social; a efectos de obtener una subvención otorgada por las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo establecido por la LGS. Dichos certificados tienen una validez de 6 meses desde la fecha de su expedición, tal como se indica en el art. 23.3 del RLGS.