Subvenciones al Deporte Federado 2025

Desescalada Instalaciones Deportivas

El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión, para la temporada 2024/2025, de subvenciones a entidades deportivas, sin ánimo de lucro y con domicilio social en el municipio de Alicante, por su participación en competiciones deportivas oficiales.

La finalidad es contribuir al fomento de la práctica deportiva y su participación en las diversas competiciones deportivas oficiales en las que se encuentren inmersos, ayudando a sufragar parte de los gastos que les ocasionen las mismas.

La dotación presupuestaria máxima destinada a esta convocatoria será de 99.950 euros.

La concesión de la subvención se efectuará en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria y procedimiento selectivo único.

FASE ACTUAL

Publicado en la sede electrónica edicto relativo a las bases reguladoras y convocatoria de la concesión de subvenciones al
Deporte Federado, anualidad 2025. 

Plazo de presentación de solicitudes: del 31 de mayo al 16 de junio de 2025

TRAMITACIÓN

  • 30/05/2025 - Publicación en el B.O.P.
  • 31/05/2025 - Apertura del plazo de presentación de solicitudes
  • 16/06/2025 - Fin del plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria.

REQUISITOS

Podrán solicitar la subvención las entidades deportivas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Tener recogido en sus estatutos que se trata de una entidad sin ánimo de lucro y que tiene entre sus fines la promoción y participación en el deporte federado.

b) Estar inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad Valenciana a la fecha de presentación de la solicitud.

c) Tener el domicilio social en el municipio de Alicante.

d) Acreditar su participación en competiciones deportivas oficiales organizadas por federaciones reconocidas por el Consejo Superior de Deportes.

La lista completa de exclusiones se encuentra disponible en las bases de la convocatoria.

DÓNDE TRAMITAR LA JUSTIFICACIÓN

En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante.

Acceso al trámite

ALTA DE TERCEROS (MUY IMPORTANTE)
Al realizarse el pago de la subvención mediante transferencia bancaria, es condición indispensable, que la entidad deportiva esté dada de Alta como Tercero en la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Alicante.

En el caso de no estar dada de alta, necesitar rectificar algún dato o modificar la cuenta bancaria, se deberá realizar el trámite con carácter previo a la presentación de la  solicitud.

En este enlace se dispone de información para la realización de dicho trámite.

CONTACTO

Para cualquier consulta o aclaración acerca de la convocatoria, contactar en el correo: subvenciones.deportes@alicante.es

Para cualquier consulta o aclaración acerca de los requerimientos técnicos de la Sede Electrónica, contactar en el correo: tramit.online@alicante.es

AVISO LEGAL

La información proporcionada es a título informativo y en ningún caso sustituye a las bases reguladoras de la convocatoria, en caso de discrepancia solo se tendrá en cuenta lo contenido en las citadas bases.

Presentación
Plazo de presentación: 
De 31 de Mayo de 2025 hasta 16 de Junio de 2025
Documentación a presentar: 

Si la entidad participa en más de una convocatoria, no será necesario aportar los documentos que se indican a continuación, si para este ejercicio han sido aportados en alguna de ellas.

Junto con la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación:

a) CIF.

b) Estatutos de la entidad.

c) Acta nombramiento de la Junta Directiva de la entidad, Certificado expedido por el secretario de la entidad recogiendo la composición de la Junta Directiva o Certificado oficial con indicación de dicha Junta Directiva (se debe aportar uno de los documentos anteriores).

d) En el caso de ser una asociación o club deportivo, declaración responsable en la que se indique que se ha celebrado una sesión de la junta directiva para acordar la solicitud de la convocatoria (No es necesario adjuntarla, se declara al firmar el trámite de la solicitud electrónica).

e) Documento justificativo de la inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunitat Valenciana.

f) Certificado emitido por la federación correspondiente (Anexo Federación) en referencia a la temporada 2024/2025.

    En el caso de que los equipos de la entidad deportiva participen en competiciones gestionadas por diferentes federaciones, se adjuntará un Anexo por cada una de las federaciones. En el caso de practicar distintas modalidades de un mismo deporte, se utilizará un Anexo por cada una de las modalidades indicadas.

    El Anexo podrá ser sustituido por certificado propio de la federación siempre que contenga los mismos datos que figuran en el documento normalizado.

    Los datos reflejados en este Anexo permiten evaluar a la entidad en su conjunto por lo que sólo será necesario aportarlo una única vez, independientemente del número de las convocatorias en las que se participe.

g) En el caso de entidades deportivas que practiquen deportes individuales, para cada campeonato oficial senior indicado en el (Anexo Federación) se deberá adjuntar documentación que verifique la participación de la entidad en el citado campeonato así como el listado de deportistas.

h) En su caso, acta fundacional, o cualquier otro documento oficial donde se refleje la fecha de constitución de la entidad si no queda justificada con los estatutos de la entidad deportiva.

i) En el caso de contar con deportistas con diversidad funcional, certificados de discapacidad emitidos por el Centro de Valoración y Orientación de Discapacidades de la Generalitat Valenciana u organismo correspondiente de otra Comunidad Autónoma. Se deberá acompañar las licencias federativas de dichos deportistas o listado oficial que justifique la pertenencia a la entidad deportiva.

   En caso de que el deportista esté inscrito en una Federación de deporte adaptado, no será necesario presentar la documentación referida en este apartado.

En el formulario de la solicitud, se puede autorizar a la Concejalía de Deportes el acceso a la Tesorería del Ayuntamiento de Alicante y a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, para verificar que la entidad está al corriente de sus obligaciones tributarias y a la Tesorería General de la Seguridad Social para verificar que la entidad no tiene deudas con el citado organismo.

Si por motivos ajenos a la Concejalía de Deportes no se tuviese acceso a la consulta de la información anteriormente señalada, se requerirá a las entidades para que la aporten al expediente.

En el caso de que no se autorice el acceso a la consulta de dichos datos o sea requerida, se deberán aportar los certificados positivos, a nombre de la entidad, de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Tesorería del Ayuntamiento de Alicante y con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de no tener deudas con la Tesorería General de la Seguridad Social; a efectos de obtener una subvención otorgada por las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo establecido por la LGS. Dichos certificados tienen una validez de 6 meses desde la fecha de su expedición, tal como se indica en el art. 23.3 del RLGS.

Formas de Presentación

Información complementaria