Solicitud de Inscripción en el Registro Municipal de Entidades (R.M.E.)

Excmo. Ayuntamiento de Alicante

En virtud del artículo 26 del Reglamento Orgánico de los Distritos y de Participación Ciudadana (BOP nº 276, de 2 de diciembre de 2005, los derechos reconocidos en este Reglamento a las entidades que tengan por objeto la defensa de los intereses generales o sectoriales de la ciudadanía, según el artículo 72 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, sólo serán ejercitables por aquellas que se encuentren inscritas en el Registro Municipal de Entidades (RME) del Ayuntamiento de Alicante.

Este Registro permite al Ayuntamiento conocer el número y clase de entidades existentes en el Municipio, así como sus fines y representatividad, al efecto de posibilitar una correcta política municipal de fomento del asociacionismo, siendo independiente del General de Asociaciones en el que, asimismo, deben figurar inscritas todas ellas.

Pueden inscribirse las asociaciones, federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones, que cumplan los siguiente requisitos:

  • Que sean Entidades de caracter Asociativo sin ánimo de lucro, constituidas con arreglo al Regimen General de las Asociaciones que establece la Ley Órganica 1/2002, reguladora del Derecho de Asociación, o entidades de carácter fun dacional, sin ánimo de lucro, constituidas con arreglo a la Ley 50/2002, de 26 de Diciembre , de Fundaciones.
  • Tener Domicilio Social en el Término Municipal de Alicante.
  • Generar Ingresos propios.
  • Tener como objeto algunos de los siguiente fines: Defensa de los intereses generales o particulares de los vecinos, defensa de la calidad de vida y del medio ambiente local, fomento del deporte, fomento de la cultura, fomento de actividades de caracter social de ámbito local
Documentación a presentar: 

 Las inscripciones se realizaran a solicitud de las asociaciones interesadas a través de medios telemáticos, de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), debiendo aportar la siguiente documentación:

  • Estatutos de la entidad, debidamente firmados y diligenciados por el Registro competente.
  • Resolución de la inscripción de la Asociación en Registro Público
  • Certificación literal de los acuerdos que figuren en las actas de las reuniones de las asambleas en que se efectuaron los nombramientos y en los que consten los datos de las personas que ocupen los cargos directivos.
  • Certificación del secretario  donde conste el Domicilio social .
  • Certificación del secretario  donde conste Presupuesto equilibrado del año en curso.
  • Certificación del secretario  donde conste Programa de actividades del año en curso.
  • Certificación del secretario del número de socios al corriente de pago de las cuotas.
  • Número de identificación fiscal (CIF) definitivo.
  • En el caso de las Asociaciones Vecinales presentarán  certificación de l Secretario con la delimitación concreta del ambito territorial que abarca la Asociación de Vecinos que se pretende inscribir.

Formas de Presentación