Departamento de Participación Ciudadana y Partidas Rurales.
- Ubicación: C/ Cándida Jimeno Gargallo, nº 1-8ª planta. (03001) Alicante/Alacant
- Horario de atención público: lunes a viernes de 10:00 a 13:00 horas.
Este trámite permite solicitar autorización para la celebración en la vía pública municipal de actividades y eventos que sean una manifestación de la libertad religiosa o de culto, siempre y cuando NO requieran de instalaciones eventuales, portátiles o desmontables (puede consultar el carácter que tiene atribuido cada tipo de instalación y/o elementos en el documento anexo que figura más abajo).
La solicitud debe presentarse por la entidad asociativa organizadora con antelación mínima de UN (1) MES respecto de la fecha en que vaya a dar comienzo la ocupación de la vía pública afectada por el actividad o evento a celebrar.
El sistema permite acumular en un único trámite la solicitud de más de una actividad o evento:
- Si su solicitud se refiere exclusivamente a una única actividad o evento, cumplimente tan solo la ficha de actividad 1 y deje en blanco la siguiente ficha de actividad.
- Si desea acumular en una única solicitud más de una actividad o evento, debe cumplimentar una ficha de actividad por cada una de los espectáculos o actividades solicitadas. En estos casos, recuerde:
- Tan sólo pueden acumularse en el mismo trámite, solicitudes que NO conlleven el uso de instalaciones eventuales, portátiles o desmontables.
- La documentación señalada en el apartado siguiente deberá cumplimentarse y adjuntarse respecto de cada actividad o evento solicitado en archivos diferenciados (ej. para cada solicitud, debe cumplimentarse un Anexo I - Memoria descriptiva, e igual con el resto de documentos que deban adjuntarse).
Junto con la solicitud, deberá aportarse la siguiente documentación:
Anexo VII – Declaración responsable de los técnicos competentes proyectistas y director de la ejecución, debidamente cumplimentada y suscrita por técnico/s competente/s.
Anexo VIII – Proyecto Técnico y Plan de Actuación ante Emergencias (PAE), suscritos por técnico competente y la entidad organizadora, acompañados de la documentación gráfica y demás documentos indicados en aquéllos.
Memoria exigida por el artículo 17 de la Ordenanza municipal de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de Residuos que deberá incluir, entre otros extremos, informar del lugar, recorrido y horario del acto público a celebrar, así como las medidas adoptadas para minimizar los impactos derivados de la generación de residuos y de la limpieza de la zona afectada.
Certificado acreditativo de la existencia de Seguro de Responsabilidad Civil General en vigor y justificante del pago, durante todo el tiempo de duración del espectáculo o actividad, que cubra la responsabilidad civil por daños al público asistente y a terceros por todas las contigencias que puedan acaecer con motivo de la celebración del espectáculo o actividad, así como el riesgo de incendio y daños al público asistente o a terceros derivados de las instalaciones eventuales, portátiles o desmontables y los daños al personal que preste sus servicios durante la celebración de éste.
NOVEDAD IMPORTANTE A TENER EN CUENTA.
- Si con motivo de la celebración de la actividad solicita la prestación de los servicios municipales que se relacionan a continuación, deberá proceder del siguiente modo:
- Cualquier petición dirigida al Servicio de Infraestructuras y Mantenimiento, deberá presentar la solicitud a través de la sede electrónica en el siguiente enlace: https://www.alicante.es/es/tramites/solicitud-equipamientos-actos-autorizados-interior-y-publica , con una antelación mínima de 15 días (hábiles) al inicio del evento, para realizar la evaluación de la prestación con garantías de seguridad y, en su caso, concederla si procede.
- Cualquier petición dirigida al Servicio de Limpieza, deberá incluirse dentro de la Memoria de Limpieza de la actividad.
- Cualquier petición dirigida al Servicio de Medio Ambiente, deberá efectuarse directamente a dicho servicio a través del mail: zonasverdes@alicante.es
En todo caso:
- Si con motivo de la celebración de la actividad, se va a producir algún tipo de afectación en materia de tráfico, transportes, movilidad y accesibilidad, deberá comunicarlo adjuntando el siguiente: Anexo III - "Afectaciones Servicio de Tráfico, Transportes, Movilidad y Accesibilidad", debidamente cumplimentado y suscrito por la entidad organizadora.
- Si durante la celebración de la actividad se tiene previsto la utilización de cualquier tipo de artificio pirotécnico, deberá adjuntar a su solicitud el Anexo V - "Actividades y/o espectáculos pirotécnicos", debidamente cumplimentado y suscrito por la entidad organizadora acompañado de la documentación que, en cada caso, se indica en el mismo.
- Cuando el evento contenga la realización de actividades musicales y/o artes escénicas: Autorización emitida por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) relativa al uso de los derechos de autor gestionados por la misma. Para la obtención de dicha autorización deberán contactar con dicha entidad a través del mail: zonae17@representante.sgae.es
- Cuando, en atención a las características del espectáculo o actividad, la normativa de aplicación exija la presencia de un servicio de ambulancia asistencial durante su celebración, el organizador de la actividad deberá acreditar documentalmente que dispondrá de dicho servicio durante la celebración del espectáculo o actividad solicitada, y que el mismo cumplirá las características que resulten exigidas por razón de la actividad.
- Cuando la actividad conlleve la utilización de vehículos y/o carrozas, deberá aportarse la ficha técnica de los mismos, así como cuanta documentación se requiera para acreditar su adecuación a las condiciones técnicas exigibles dependiendo de su naturaleza.
- Cuando la actividad conlleve la participación de animales de compañía, aportar justificante que acredite que la entidad organizadora ha efectuado ante los servicios territoriales de la Conselleria competente en materia de sanidad y bienestar animal, la comunicación exigida por el artículo 16 de la Ley 2/2023, de 13 de marzo, de la Generalitat, de Protección, Bienestar y Tenencia de animales de copañía y otras medidas de bienestar animal.
- En el supuesto en que el espectáculo público o actividad recreativa o sociocultural cuya autorización solicito conlleve la venta, elaboración y/o dispensación de alimentos, deberá presentar Compromiso de higiene alimentario conforme con la Reglamentación Técnico Sanitaria específica y, en especial, las establecidas en la Guía PCH “Prácticas correctas de higiene para la venta y preparación de alimentos en mercados no sedentarios”.






