JUSTIFICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, LABORAL Y FAMILIAR, EN LOS CENTROS ESCOLARES SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE ALICANTE DURANTE EL CURSO ESCOLAR 2025-2026.
Con fecha 30 de julio de 2026 se ha publicado en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante, la resolución definitiva de la convocatoria de subvenciones destinadas a la Conciliación de la vida personal, laboral y familiar, en los centros escolares sostenidos con fondos públicos de Alicante durante el curso escolar 25-26.
El plazo para la presentación de la documentación justificativa comienza el día siguiente a la publicación de esta Resolución y finaliza el 20 de septiembre de 2026.
Debe justificarse el 100% del importe del proyecto presentado, en caso de no alcanzar dicho porcentaje, se procederá a una minoración proporcional en la subvención concedida, y en ningún caso, el pago de la subvención será superior al importe concedido y correctamente justificado.
La Justificación de la subvención por parte de las entidades beneficiarias, queda regulada en la Base 14ª de la convocatoria “Justificación de la Subvención”, y se deberá realizar en los términos recogidos en la misma, teniendo en cuenta, además, la GUÍA PARA LA JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA DE LA SUBVENCIÓN (anexo IV).
La presentación de los documentos correspondientes a la justificación se deberá realizar a través del apartado “Catálogo de servicios” de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante (https://sedeelectronica.alicante.es) en el trámite habilitado al efecto “Subvenciones Conciliación 2025-2026”, mediante certificado digital.
Anexo V. Memoria técnica final.
Anexo VI. Cuenta Justificativa de Gastos.
Las facturas y demás documentos recogidos en la cuenta justificativa de gastos.
El registro contable de la totalidad de los gastos del proyecto.
Declaración Responsable financiación, y en su caso, cuentas justificativas de otras subvenciones.
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