Mediate este servicio puede generar el documento de la autoliquidación para las siguientes tasas municipales:
- Certificado de acuerdos o resoluciones corporativas, documentos o antecedentes, que obren en la Administración Municipal, cualquiera que sea su naturaleza o materia a que se refieran, con una antigüedad de hasta 10 años.
- Certificado de acuerdos o resoluciones corporativas, documentos o antecedentes, que obren en la Administración Municipal, cualquiera que sea su naturaleza o materia a que se refieran, con una antigüedad superior a 10 años.
- Copia de documento administrativo.
- Copia de expedientes administrativos (sólo informes de bomberos).
- Bastanteo de poderes por Letrado Municipal, cuando existen antecedentes en la Asesoría Jurídica Municipal.
- Bastanteo de poderes por Letrado Municipal, cuando no existen antecedentes en la Asesoría Jurídica Municipal, otorgados en España.
- Bastanteo de poderes por Letrado Municipal, cuando no existen antecedentes en la Asesoría Jurídica Municipal, sujetos al Convenio de la Haya (internacionales).
- Certificado de aval o depósito constituido en la Tesorería.
- Certificado de estar al corriente en los tributos municipales.
- Duplicado de recibo pagado o certificación de pago de valores.
- Copia de atestado o informe expedido por la Policía Local.
- Permiso de armas 4ª categoría, de aire o gas comprimido.
- Certificado de convivencia.
- Informe sobre señalización y condiciones de circulación que requiera dictamen técnico de carácter pericial.
- Informe sobre señalización vertical, horizontal o semafórica, para certificar las condiciones de la vía.
La autoliquidación generada se podrá imprimir y pagar en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras con el Ayuntamiento de Alicante o bien a través de nuestro servicio de Pago On-line.