Información Pública ATE Alacant Avanza-Innovation Park & Shopping Center

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Resolución 19/01/2015: consulta, participación e información pública de versión preliminar plan actuación territorial estratégica Alacant Avança-Innovation Park & Shopping Center

rabasa

DOCV nº 7486 de 16 de marzo de 2015.

El Consell de la Generalitat, mediante acuerdo adoptado en sesión celebrada el 20 de junio de 2014, declaró como actuación territorial estratégica el proyecto denominado Alicante Avanza-Innovation Park & Shopping Center en el municipio de Alicante. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 61.1 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, elaborada la versión preliminar del plan, junto con su estudio ambiental y territorial estratégico, se someterá a consultas y participación pública por el órgano designado en el acuerdo, dando adecuada participación al público interesado y a las instituciones afectadas por la actuación, al objeto de que puedan examinarlo y formular las alegaciones, observaciones y sugerencias que estimen pertinentes.

El Acuerdo del Consell de 20 de junio de 2014 designa como órgano responsable de la tramitación y aprobación del instrumento de planificación que se derive de esta actuación a la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente. Habiéndose elaborado la documentación requerida y en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 61.1 de la citada Ley 5/2014 y en el Acuerdo del Consell de 20 de junio de 2014, resuelvo:

Primero

Someter a consultas y participación e información pública la versión preliminar del Plan de Actuación Territorial Estratégica Alicante Avanza-Innovation Park & Shopping Center. Dicho documento se acompaña de Estudio Ambiental y Territorial Estratégico y otros informes y estudios.

Segundo

El plazo de consultas y participación e información pública será de 45 días hábiles y comenzará a contar a partir del día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana a los efectos de que el público interesado pueda examinarlo y formular las observaciones, alegaciones y sugerencias que estimen pertinentes.

Tercero

Solicitar informe a las Administraciones afectadas en sus competencias, bienes y servicios.

Cuarto

Ordenar la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, tablón de edictos del Ayuntamiento de Alicante, un diario no oficial de amplia difusión en la provincia de Alicante y en la página web de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente.

Quinto

La documentación podrá consultarse los días laborables, en horario de mañanas (09.00 horas a 14.00 horas) en los siguientes locales:

  • Subdirección General de Ordenación, Planificación y Actuaciones Territoriales Estratégicas: ciudad administrativa 9 d’Octubre, Torre 1, calle Castán Tobeñas, núm. 77, 46018 Valencia
  • Ayuntamiento de Alicante: plaza del Ayuntamiento, núm. 1, 03002 Alicante
  • Servicio Territorial de Urbanismo de Alicante: avenida Aguilera, núm. 1, 03007 Alicante

Asimismo se habilitará su consulta a través de las páginas web de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente: http:// www.citma.gva.es/alicanteavanza y del Ayuntamiento de Alicante.

Las observaciones, alegaciones o sugerencias podrán formularse a través de los medios electrónicos habilitados en la web de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente o en formato papel a través de los registros públicos y dirigidas a la Subdirección General de Ordenación, Planificación y Actuaciones Territoriales Estratégicas.

Valencia, 19 de enero de 2015. La consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente. Isabel Bonig Trigueros.

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