Elecciones a las Juntas de Distrito

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Las Juntas de Distrito son órganos colegiados de gestión desconcentrada y actúan como máximo órgano consultivo y de participación de los vecinos, colectivos y entidades.

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¿Qué son las Juntas de Distrito?

Las Juntas de Distrito son órganos colegiados de gestión desconcentrada y que actúan como máximo órgano consultivo y de participación de los vecinos, colectivos y entidades en los asuntos locales.

Actualmente hay cinco Juntas de Distrito. Ver Mapa

¿Quien compone las Juntas de Distrito?

Un presidente o presidenta, un vicepresidente o vicepresidenta (que según el Reglamento de Participación Ciudadana son Concejales), cinco concejales de los Grupos Políticos presentes en el Pleno, seis representantes de asociaciones vecinales y tres representantes de asociaciones sectoriales.

En estas elecciones a Juntas se eligen los y las representantes de las asociaciones vecinales y sectoriales.

¿Quién puede presentarse en las Elecciones a Juntas de Distrito?

Un representante de cada una de las entidades y asociaciones que estén debidamente registradas, que acrediten un año de permanencia en el Registro Municipal de Entidades, contando desde el acuerdo de inscripción hasta la fecha de convocatoria de elecciones y que pertenezcan al Distrito correspondiente.

¿Por qué debería mi asociación presentar a un representante a las Elecciones a Juntas?

Las Juntas son órganos de Participación Ciudadana donde se encuentran políticos y asociaciones, son vitales para que el Ayuntamiento sea consciente de los problemas, inquietudes, propuestas, etc. de los vecinos y vecinas.

¿De qué tiempo dispongo para apuntarme?

De 15 días desde la publicación de la convocatoria (ver calendario)

¿Quién puede votar?

El derecho a voto, según el actual reglamento de Participación, lo ostenta el Presidente o Presidenta o la persona que haya sido nombrada para el ejercicio del voto por la Entidad o Asociación Vecinal.

¿Cómo decidimos a quien votar?

Las candidaturas estarán expuestas en las Juntas de Distrito y en la página web de la Concejalía desde el 12 de diciembre hasta el 13 de enero. Además, días antes del día de votación se realizarán actos públicos donde los candidatos y las candidatas podrán exponer por qué deberían ser votados.

¿Cuándo es la votación?

La votación se realizará el día 14 de enero de 2016 de 18 a 21 horas en la Casa Consistorial.

¿Cómo es el método de votación?

Cada representante autorizado o autorizada para votar podrá elegir 6 asociaciones de vecinos que tendrá que marcar en orden de predilección en la papeleta teniendo en cuenta que la asociación situada en el lugar 1 tendrá 1 punto, la situada en el lugar 2 tendrá 1/3, la situada en el 3 tendrá 1/5, la situada en el lugar 4 tendrá 1/7, la situada en el lugar 5 tendrá 1/9 y la situada en el lugar 6 tendrá 1/11.

En el caso de las asociaciones sectoriales será igual pero solo con tres representantes.

Si tienes más dudas puedes contactar con la Concejalía de Participación Ciudadana en el 965 98 03 46 o en el e-mail participacion.ciudadana@alicante.es

Reglamento de Participación Ciudadana 

Convocatoria de elecciones a representantes de las entidades y asociaciones vecinales de las Juntas de Distrito.

Aprobación de las listas provisionales de candidaturas admitidas y excluidas a las elecciones a representantes de las entidades y asociaciones vecinales de las Juntas de Distrito

Aprobación de las listas definitivas de candidaturas admitidas y excluidas en las elecciones a representantes de las entidades y asociaciones vecinales de las Juntas de Distrito

Información complementaria