Ayudas Carnet de Conducir 2025

A partir del 23 de abril y hasta el 30 de junio se puede solicitar la ayuda si has obtenido el carnet durante el periodo comprendido entre el 2 de enero y 30 de junio de 2025

Ayudas carnet 2025

Un requisito esencial para el logro de la emancipación de la juventud es el acceso al empleo y para conseguirlo la formación y la preparación son elementos irrenunciables y, en un mundo globalizado, disponer de Permiso de Conducir Clase A, AM, B, C, D y E, se antoja básico para estar mejor posicionados ante un mercado de trabajo y facilitar la inserción laboral de los jóvenes y, por ende, su propia emancipación.

 

 

 

Requisitos de los solicitantes: 

  1. Tener entre 16 y 30 años, es decir, nacidos entre los años 1995 y 2009, en el momento de la solicitud.
  2. Estar empadronado en el municipio de Alicante.
  3. Obtener el permiso de conducir durante el periodo comprendido entre el 2 de enero y 30 de junio de 2025.
  4. Tipo de Permiso de Conducir Clase A, AM, B, C, D y E.
  5. Declaración responsable debidamente de encontrarse al corriente del pago de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Alicante conforme se establece en el artículo 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/203, de 17 de noviembre, General de Subvenciones."
  6. Será requisito imprescindible para los/as solicitantes menores de 18 años, que la solicitud venga autorizada por su representante legal.

 

 

Lugar y plazo de solicitud: 

  • Las solicitudes, acompañadas de la documentación requerida se presentarán a través de la SEDE electrónica (https://sedeelectronica.alicante.es/servicios.php) en un trámite específico para este procedimiento habilitado dentro del Catálogo de Servicios de Juventud.
  • El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 23 de abril, finalizando el 30 de junio de 2025.

 

 

Requisitos de los beneficiarios:

Las personas que hayan resultado beneficiarias de la ayuda, es decir, que aparezcan en la lista definitiva de admitidos y excluidos, deberán estar debidamente dadas de alta en el Registro de Alta a Terceros del Ayuntamiento de Alicante para lo cual, en el PLAZO MÁXIMO DE 1 SEMANA desde el conocimiento de la condición de beneficiario deberán escoger la opción que más les oportune para la realización del trámite:

 

  • Acceder al trámite telemático en la dirección:  https://www.alicante.es/es/tramites/solicitud-alta-terceros   pinchando en “Acceso al trámite” en el apartado de “formas de presentación “por internet”, para lo cual será necesario disponer de CERTIFICADO DIGITAL.
  • Realizar el trámite presencialmente en las oficinas de la Tesorería Municipal (Calle Jorge Juan, 5. 2º planta), mediante cita previa disponible en la dirección web https://citaprevia.alicante.es/

En cualquier caso, se deberá acompañar siempre copia de libreta de ahorro, cheque, extracto o cualquier otro documento expedido por la entidad financiera, donde consten el nombre del titular, NIF/CIF y el número de cuenta IBAN.
En el caso de beneficiarios menores de edad, para la realización del trámite de alta a terceros por parte de padre/madre o tutoría legal, se deberá aportar libro de familia o documento oficial que acredite la tutoría legal.

 

 

CONSULTA TODA LA DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR Y TODA LA INFORMACIÓN DE LA CONVOCATORIA EN EL DOCUMENTO ABAJO ADJUNTO "Bases Ayudas Carnet de Conducir 2025". 

 

Información complementaria