Ampliación, durante la época estival, del horario de cierre de los grupos B,J y L.

Ampliación, durante la época estival, del horario de cierre los viernes, sábados y vísperas de festivos de los establecimientos públicos incluidos en los Grupos B, J y L,

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"Decreto.- Ampliación, durante la época estival, del horario de cierre los viernes, sábados y vísperas de festivos de los establecimientos públicos incluidos en los Grupos B, J y L, de la Orden 26/2021 de 16 de diciembre, de la Consellería de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se regulan los horarios de espectáculos públicos, actividades recreativas, actividades socioculturales y establecimientos públicos.

Expediente A06-2022000019.

La Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería de Alicante ha presentado escrito solicitando que el Ayuntamiento haga uso de la facultad que le otorga la Orden 26/2021 de 16 de diciembre, de la Consellería de Justicia, Interior y Administración Pública, y amplíe el horario de cierre de determinados establecimientos públicos durante la época estival.

Teniendo en cuenta el carácter turístico de nuestra ciudad, el cual se ve acrecentado durante los meses de verano, no vemos inconveniente en acceder a lo solicitado, favoreciendo así tanto el desarrollo económico del sector hostelero como el tiempo de ocio de residentes y visitantes, pero conciliando lo anterior con el derecho al descanso de todos los vecinos.

Es aplicable el artículo 9 de la Orden 26/2021 de 16 de diciembre, de la Consellería de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se regulan los horarios de espectáculos públicos, actividades recreativas, actividades socioculturales y establecimientos públicos para el año 2022.

El órgano competente para resolver es la Junta de Gobierno Local, de conformidad con lo dispuesto en el art. 127.1.e de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, adicionado por el artículo primero, apartado cuarto de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, y por su delegación de fecha 18 de junio de 2019, el Concejal de Urbanismo, D. Adrián Santos Pérez Navarro.

Como consecuencia de lo expuesto, resuelvo:

Primero.- Ampliar durante el periodo estival comprendido entre el 17 de junio y el 11 de septiembre de 2022 el horario general de finalización establecido en el artículo 2.1 de la Orden 26/2021 de 16 de diciembre, los viernes, sábados y vísperas de festivos para los grupos B, J y L, quedando como sigue:

Grupo B: prolongar treinta minutos, hasta las 4:00 horas, con quince minutos para efectuar el desalojo y cierre del local.

Grupo J: prolongar sesenta minutos, hasta las 2:30 horas, con quince minutos para efectuar el desalojo y cierre del local.

Grupo L: prolongar treinta minutos, hasta las 4:00 horas, con quince minutos para efectuar el desalojo y cierre del local.

Segundo.- Comunicar esta resolución a la Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería de Alicante, a la Dirección Territorial de la Consellería de Justicia, Interior y Administración Pública y a la Policía Local de Alicante, para su conocimiento y efectos oportunos, y publicarla en la página web de este Excmo. Ayuntamiento.”

 

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