El proyecto permite la entrada con estos vehículos siempre que vayan plegados y en sus bolsas, establecer el acceso con carritos de bebés, sillas de ruedas o personas con andadores
El documento, que establece en 100 euros la multa por no llevar el título de transporte, se eleva a debate y aprobación del Pleno municipal tras su aprobación en Junta de Gobierno Local
Alicante, 20 de enero de 2026. El Ayuntamiento de Alicante ha aprobado este martes en Junta de Gobierno el proyecto de modificación del Reglamento de Usuarios del Transporte Colectivo Urbano de Alicante -que data de 1997-, con el objetivo de actualizar y mejorar del marco normativo regulador del uso del transporte colectivo urbano, con el fin de adecuarlo a la evolución de la legislación vigente en materia de transporte, accesibilidad y protección de datos personales, así como a las nuevas necesidades de las personas usuarias y a las innovaciones tecnológicas incorporadas al sector como es el acceso con patinetes y vehículos de movilidad personal, sillas de ruedas, carritos de bebés o personas con andadores, entre otros.
El concejal de Movilidad Urbana, Carlos de Juan, ha explicado que “dicha modificación resulta necesaria, asimismo, para garantizar la seguridad, accesibilidad y calidad del servicio de transporte público urbano; para definir de manera clara y precisa los derechos y deberes de las personas usuarias, con especial atención a las personas con movilidad reducida; para regular el uso de los vehículos de movilidad personal en el ámbito del transporte público; y para establecer un régimen sancionador adecuado, proporcionado y acorde con la normativa vigente”.
Entre las novedades que incorpora el nuevo reglamento se encuentra la prohibición de la entrada en los autobuses urbanos de personas sobre patines, monopatines, patinetes o vehículos de movilidad personal, aunque se contempla que podrán portar los mismos siempre y cuando se tengan en la mano, plegados y metidos en bolsa de transporte.
De la misma forma, se permitirá el acceso al autobús de bicicletas plegables y vehículos de movilidad personal, siempre y cuando -como el resto de vehículos de movilidad personal-, estos vehículos estén plegados y dentro de una bolsa de transporte.
Además, el proyecto de nuevo reglamento también establece que podrán acceder a los vehículos las Personas con Movilidad Reducida (PMR) con silla de ruedas eléctricas y scooters específicos de menos de 300 kilos, incluida la persona usuaria. También se permite subir a los vehículos del transporte público las sillas tipo bebé para menores con movilidad reducida y con andador, así como coches de bebé simples desplegados y dobles.
Otra de las novedades incorporadas destinada a facilitar el acceso a las Personas con Movilidad Reducida usuarias de sillas de ruedas que viajen solas y en sillas específicas para grandes dependientes, es que podrán utilizar la validadora trasera para sus títulos de transporte.
La nueva regulación actualiza finalmente el importe de la multa por viajar sin título de viaje válido, que antes estaba en pesetas al ser del año 97 -1.000 concretamente- que pasa a establecerse en 100 euros.
Este proyecto de reglamento llega dentro de las medidas para actualizar y modernizar el transporte público en la ciudad, tras la adjudicación de la concesión del servicio de autobús urbano el pasado 23 de noviembre de 2022 para un periodo de 10 años y de ponerse en marcha el proceso hacia la electromovilidad con la incorporación de nuevos vehículos, así como la digitalización de los títulos de transporte. El documento, una vez aprobado por la Junta de Gobierno Local, se eleva al Pleno para su aprobación.






