Alicante lanza una ayuda de 300 euros para las familias por el nacimiento de hijos en 2025

Se establece una dotación inicial de 100.000 euros, que se incrementará en el caso de que las solicitudes que cumplan los requisitos superen esta cuantía

Imagen de la concejala de Bienestar Social, Begoña León.

Alicante, 19 de mayo de 2025. El Ayuntamiento de Alicante tiene previsto aprobar este martes en Junta de Gobierno la convocatoria de ayudas por nacimiento de hijos, que ascienden a 300 euros para todas las familias empadronadas en la ciudad que hayan tenido o tengan algún hijo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. Estas ayudas nacen con una partida inicial de 100.000 euros y en caso de que el número de solicitudes que cumplan con los requisitos supere esta cantidad se incrementará el crédito disponible, sin necesidad de lanzar una nueva convocatoria.

El objetivo de estas ayudas, señala la concejala de Bienestar Social, Begoña León, es “el fomento de la natalidad en el municipio y el apoyo económico a las familias alicantinas”. León explica que “pueden solicitar esta ayuda de 300 euros los matrimonios, parejas de hecho y familias monoparentales para todos los nacimientos que tengan lugar en 2025”.

En los supuestos de nulidad, separación o divorcio, el beneficiario de la prestación será el padre/madre a cuya custodia hayan de quedar los hijos, de acuerdo con lo establecido en el convenio regulador o sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio y en el caso de custodia compartida se distribuirá al 50 % entre los progenitores.

El plazo de solicitud será de seis meses a contar desde el día siguiente al del nacimiento. En el caso de los nacimientos anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria, el plazo de los seis meses para su solicitud se contará desde dicha fecha.

Requisitos

La ayuda se otorgará por estricto orden de solicitud, en función del cumplimiento de los requisitos establecidos en esta normativa, que son los siguientes:

- Ser español o extranjero con residencia legal en España.

- Ser mayor de 18 años o menor legalmente emancipado.

- Estar empadronados en la ciudad de Alicante y, al menos, uno de ellos contar con una antigüedad de cuatro años ininterrumpidos. El recién nacido debe estar empadronado por primera vez en la ciudad de Alicante, en el domicilio del beneficiario de la ayuda.

- Ser titular de una cuenta bancaria.

- Estar al corriente en las obligaciones tributarias con la AEAT y Ayuntamiento de Alicante, así como con la Seguridad Social.

La solicitud se podrá realizar a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), preferentemente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante, sedeelectrónica.alicante.es, en el trámite específico habilitado para ello, ‘Solicitud de ayudas por nacimiento’. También podrán presentarse presencialmente en cualquier oficina SAIC (Servicio de Atención e Información al Ciudadano) del término municipal de Alicante, o por cualquiera de las formas recogidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas.