"Este uso siempre estará vinculado a la actividad que se desarrolla en la planta baja y en ningún caso se pueden instalar habitaciones turísticas bajo suelo”, explica la concejala
La Junta de Gobierno aprueba el proyecto de modificación 49 del PGOU, que regula la utilización de una planta subterránea en ejes comerciales y viarios estructurantes del municipio para favorecer y flexibilizar la instalación de negocios
Alicante, 14 de mayo de 2025. El Ayuntamiento de Alicante ha aprobado en Junta de Gobierno Local el proyecto de la Modificación Puntual número 49 del Plan General Municipal de Ordenación (PGMO), referente a la regulación excepcional del uso de la primera planta sótano en viales calificados como viarios estructurantes y ejes comerciales y autorizar la tramitación del mismo. Esta modificación permitirá el uso terciario de la primera planta sótano en las parcelas con frente a un eje comercial o a un viario estructurante, lo que incluye más de 50 vías del municipio, y tiene como objetivo “dinamizar, flexibilizar y descentralizar la actividad terciaria de la ciudad”, explica la concejala de Urbanismo, Rocío Gómez.
La edil resalta que, en virtud de esta modificación, “el uso de la primera planta subterránea siempre ha de estar vinculado a la actividad que se desarrolla en la planta baja” y que “la utilización se permite para todas las actividades terciarias incluyendo comercio, hostelería, oficinas y alojamientos temporales, pero esto no modifica en ningún caso la prohibición de instalar habitaciones de pisos turísticos bajo suelo, ya que el texto establece específicamente que en ningún supuesto podrán ubicarse en planta sótano espacios destinados al descanso”.
Así, el texto especifica que la actividad deberá ser única y ejercida bajo una misma titularidad, no pudiendo desarrollarse de forma independiente en la planta sótano o semisótano y en la planta baja. Será requisito, además, que el acceso a la planta sótano se realice desde la planta baja y que la superficie destinada al público en esta última sea igual o superior a la correspondiente a la planta sótano. En todos los casos, la posibilidad de implantación de un uso terciario en la primera planta sótano o semisótano quedará supeditada al cumplimiento de la pertinente legislación y normativa técnica que le sea de aplicación. En ningún supuesto podrán ubicarse en planta sótano espacios destinados al descanso.
Contenido de la modificación
El uso de sótanos en establecimientos terciarios se amplía en los llamados ejes comerciales, vías en las que el PGMO establece una serie de condiciones excepcionales para “fomentar la implantación de usos terciarios”, con el fin de “difundir la actividad terciaria hacia partes menos centrales de la ciudad, para equilibrar a las diversas áreas que la integran”, según recoge el Plan General. También a los llamados viarios estructurantes, que surgieron de la necesidad de incorporar al planeamiento municipal las directrices establecidas en el acuerdo del Consejo Local de Comercio de 21 de octubre de 2015. Dicho acuerdo promovió una mejor distribución espacial del comercio en el municipio, facilitando la implantación de determinados formatos comerciales con mayores requerimientos de superficie de venta. Asimismo, permitió ampliar las posibilidades de localización de estos establecimientos en viarios de gran capacidad, los cuales han sido asimilados a la red primaria conforme a la normativa autonómica.
El uso terciario del primer sótano en ejes comerciales está, en la actualidad, muy restringido. Se permite solo para actividades comerciales que ocupan una manzana completa con frente a ejes comerciales. Además, no se permite el uso de sótanos para los otros usos terciarios: alojamientos temporales y oficinas. Con esta modificación puntual cuyo trámite se inicia ahora, esta posibilidad se hace extensiva a un mayor número de calles y a todos los usos terciarios, multiplicando las opciones para quienes posean suelo de este tipo en ejes comerciales y viales estructurantes, favoreciendo el interés que puedan tener estas zonas para posibles inversores, de cara a la instalación de negocios.
Así, se propone ampliar, “la excepcional posibilidad de intervención en la primera planta sótano para los usos terciarios”. El objetivo es “difundir la actividad terciaria hacia partes menos centrales de la ciudad y equilibrar las diversas áreas que se integran en la misma, atendiendo a su vez, a una habitual petición ciudadana”.
Estos usos terciarios incluyen la actividad comercial (incluida la hostelería), el alojamiento temporal y las oficinas, tanto en edificios de uso terciario exclusivo como en aquellos en los que la actividad terciaria se ejerce en la planta baja, siempre y cuando ésta esté unida al sótano de forma indisoluble y bajo una única actividad y titularidad.