Convenio de Colaboración entre la S.C.D. Carolinas y el Excmo. Ayuntamiento de Alicante relativo al uso de espacios y la reserva de plazas en las escuelas deportiva y musical de la Zona 7

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Nº de registro: 
670
Tipo de convenio: 
Con personas o entes de derecho privado
Ámbito: 
Acción Social
Área, servicio o concejalía: 
Concejalía de Bienestar Social
Entidad con que se suscribe: 
SCD CAROLINAS
Fecha de suscripción: 
5 de Diciembre de 2025
Partes que suscriben: 
Begoña León Brotons, Concejala Delegada de Bienestar Social, en representación del Excmo. Ayuntamiento de Alicante, facultada para el presente acto por resolución de la Alcaldía-Presidencia, de fecha 19 de junio de 2023. Y por otra, Don Andrés Olmo Acuaviva, en calidad de presidente, actuando en nombre y representación de la Sociedad Cultural y Deportiva de Carolinas, con C.I.F. G-03067550.
Documento del convenio: 
Objeto: 

Constituye el objeto del presente convenio de colaboración la puesta a disposición por la SCD Carolinas a favor de la Concejalía de Bienestar Social de los recursos que se enumeran a continuación, para la próxima temporada:

- Dos salas ubicadas en su sede social de la Sociedad Cultural, en la calle Garbinet, nº 112, para la realización de actividades del Centro de Mayores de Pla-Carolinas y del Centro de Mayores Garbinet, así como para las del Centro Municipal Socioeducativo El Pla.

-Cuatro plazas gratuitas para las escuelas deportivas (dos para fútbol, y dos para baloncesto). De estas, 2 plazas podrán ser becadas en equipos federados, una de fútbol y otra de baloncesto.

-Dos plazas becadas para la Escuela Musical, en el nivel de solfeo. 

Las plazas de las Escuelas Deportiva y Musical van dirigidas a niños, adolescentes y jóvenes que se encuentren en intervención desde el Equipo Social de Zona Este, con el objetivo de promover y ampliar la oferta de actuaciones socioeducativas y recursos comunitarios en el territorio, así como la inclusión de los educandos en su comunidad de pertenencia, dentro del marco de intervención de la zona 7 y de la Ley 3/2019 de Servicios Sociales Inclusivos de la Generalitat Valenciana.

Vigencia
Vigente: 
Plazo de vigencia: 
De 5 de Diciembre de 2025 hasta 4 de Diciembre de 2029
Motivos de extinción: 

El Convenio se resolverá por alguna de las siguientes causas:
a) El mutuo acuerdo de las partes.
b) El incumplimiento del objeto o de cualquiera de las obligaciones asumidas, imputable a alguna de las partes del mismo.
c) Por cualquier otra causa sobrevenida y acreditada que impida su desarrollo.
d) Transcurso de su periodo de vigencia.
En el supuesto establecido en las letras b) y c), cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un plazo de quince días. Transcurrido dicho plazo y persistiendo el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra la concurrencia de causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.

Aprobación y publicación
Documento de Acto de aprobación: 
Órgano mixto de seguimiento y control: 
A fin de facilitar la ejecución y seguimiento de este convenio y de resolver incidencias o dudas que pudieran plantearse en su aplicación, se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento integrada como mínimo por un representante de ambas partes. Dicha Comisión Mixta tendrá como misión resolver, por consenso, posibles dudas en el desarrollo del presente convenio y, además, asumirá la función de solventar por consenso y mutuo acuerdo cualquier incidente que pudiera presentarse. En caso de que no pueda llegarse a una solución de mutuo acuerdo quedará abierta la vía contencioso administrativa. A dicha Comisión Mixta de Seguimiento también le corresponderá el diseño de las actividades conjuntas anuales, así como la selección y propuesta de los programas concretos a desarrollar.