CONVENIO DE COLABORACIÓN entre la Concejalía de Bienestar Social del Ayuntamiento de Alicante y la Asociación del Teléfono de la Esperanza en Alicante para la difusión del 'Programa de atención a personas mayores en situación de soledad'

Nº de registro: 
652
Tipo de convenio: 
Con personas o entes de derecho privado
Ámbito: 
Acción Social
Área, servicio o concejalía: 
Concejalía de Bienestar Social
Entidad con que se suscribe: 
Asociación Teléfono de la Esperanza en Alicante
Fecha de suscripción: 
14 de Agosto de 2025
Partes que suscriben: 
De una parte, Dª. María Begoña León Brotons, Concejala-Delegada de Bienestar Social, en representación del Excmo. Ayuntamiento de Alicante. De la otra parte, D. Francisco Manuel Sabuco Martínez, en calidad de Presidente de la Asociación Teléfono de la Esperanza en Alicante
Objeto: 

El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre la Concejalía de Bienestar Social del Ayuntamiento de Alicante y la Asociación del Teléfono de la Esperanza en Alicante para la ejecución del “Programa de atención a personas mayores en situación de soledad”, dirigido a personas mayores de 65 años que se encuentren en situación de soledad e incomunicación, con problemas emocionales derivados de la falta de apoyo familiar o social.

Vigencia
Vigente: 
Plazo de vigencia: 
De 14 de Agosto de 2025 hasta 14 de Agosto de 2026
Motivos de extinción: 

(a) El cumplimiento de su objeto.
(b) La denuncia de una de las partes, comunicada por escrito a la otra parte con una antelación de dos semanas.
(c) El incumplimiento de sus pactos o de la normativa aplicable.
(d) Fuerza mayor que imposibilite el desarrollo de las actividades objeto del convenio.
(e) Mutuo acuerdo entre las partes.

Aprobación y publicación
Financiación: 
El presente convenio no comporta compromisos económicos entre las partes firmantes.
Órgano mixto de seguimiento y control: 
Para el seguimiento, vigilancia y control del Convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento formada por los siguientes miembros: - Presidencia: corresponderá a la Concejala de Bienestar Social o persona en quien delegue. - Dos Vocalías: una persona designada por la Concejalía de Bienestar Social y otra en representación de ASITES Alicante . - Secretaría: se designará a un/a funcionario/a de la Concejalía de Bienestar Social. La Comisión de Seguimiento tendrá como función resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse en relación al Convenio así como supervisar el desarrollo y ejecución del mismo. La Comisión de Seguimiento se constituirá dentro de los diez días siguientes a la firma del presente Convenio y se reunirá con la periodicidad que ese mismo día acuerden las partes o, siempre que lo solicite una de las partes firmantes. De cada sesión celebrada se confeccionará un acta de los acuerdos adoptados.