Órgano mixto de seguimiento y control:
A fin de facilitar la ejecución y seguimiento de este acuerdo, se constituirá ,dentro de los diez días siguientes a la firma del Convenio, una Comisión de Seguimiento compuesta por los siguientes miembros:
- Presidencia: Le corresponderá a la Concejala de Mayores y Familia del Excmo. Ayuntamiento de Alicante o persona en quien delegue.
- 2 vocales: Una persona designada por parte de la Concejalía de Mayores y Familia y una persona en representación del Club Atlético Montemar.
- Secretaría: Estará ocupada por un/a funcionario/a de la Concejalía de Mayores y Familia del Excmo. Ayuntamiento de Alicante.
Las funciones de la Comisión de Seguimiento serán las siguientes:
- Supervisar el desarrollo y ejecución del presente acuerdo, formulando las propuestas que estime convenientes para la mejor consecución de los objetivos establecidos en el mismo.
- Coordinar e informar sobre las actuaciones objeto de este acuerdo, así como del proceso de desarrollo del mismo, e informar las posibles modificaciones que se propongan de forma previa a su inclusión en la correspondiente Adenda.
- Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pueda suscitar la ejecución de este acuerdo.
La Comisión de Seguimiento se reunirá con la periodicidad acordada por las partes, que en ningún caso será inferior a una vez al año, o siempre que lo solicite una de las partes firmantes. En cada reunión de la Comisión de Seguimiento se levantará acta de los acuerdos adoptados.