Reclamaciones económico administrativas ante el Tribunal Económico Administrativo Municipal
La reclamación económica administrativa se interpone contra:
Actos de gestión, liquidación, inspección de tributos y de imposición de sanciones tributarias de competencia municipal, siempre que no sean de mero trámite o estén excluidos por ley.
Actos de recaudación de ingresos de derecho público no tributarios de competencia municipal.
La resolución expresa o presunta del recurso de reposición, en el caso de que se hubiera interpuesto el recurso potestativo de reposición.
Plazo interposición:
Un mes contado desde el día siguiente al de la notificación del acto objeto de impugnación o desde el día siguiente a aquél en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.
Para el caso de tributos de cobro periódico por recibo (Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Impuesto de Vehículos, Impuesto sobre Actividades Económicas y ciertas tasas), un mes a contar desde el día siguiente al final del plazo voluntario de pago.
Formas de presentación:
Las solicitudes se presentan en el Registro General del Ayuntamiento de Alicante de forma presencial o telemática.
Si utiliza la sede electrónica para presentar alegaciones, aportar documentación, requerimientos y/o recursos a un expediente abierto del Tribunal Económico Administrativo, debe utilizar el siguiente enlace.