Los solicitantes deberán presentar un contrato de arrendamiento de vivienda con un mínimo de duración de un año y un alquiler que no podrá exceder los 1.000 euros mensuales. Además, para solicitar estas ayudas no se podrá superar una renta anual en 2025 de más de 29.400 euros por vivienda.
En ningún caso podrán presentarse solicitudes por arrendamientos de habitaciones ni subarrendamientos de viviendas. Y también resaltar que estas ayudas son incompatibles con otras concedidas para el mismo fin de otras administraciones.
La cuantía de las ayudas podrá alcanzar un máximo de 400 euros mensuales con un máximo de 12 mensualidades en 2026, lo que permite recibir hasta 4.800 euros por beneficiario hasta agotar el crédito disponible. De esta forma, se aumentan las cuantías respecto al anterior ejercicio que eran de 250 euros mensuales con un máximo de 3.000 anuales.
El plazo para presentación de solicitudes será del 14 de mayo de 2026 al 12 de junio de 2026 a través de la sede electrónica municipal mediante el trámite específico habilitado dentro del catálogo de servicios de ‘Juventud’.






