Convenio entre la Universidad de Alicante y el Excmo. Ayuntamiento de Alicante sobre actividades divulgativas de promoción de envejecimiento activo

Nº de registro: 
712
Tipo de convenio: 
Con entidades públicas
Ámbito: 
Acción Social
Área, servicio o concejalía: 
CONCEJALIA DE MAYORES
Entidad con que se suscribe: 
UNIVERSIDAD DE ALICANTE
Fecha de suscripción: 
29 de Julio de 2026
Partes que suscriben: 
De una parte, Dña. Amparo Navarro Faure, Rectora Magnífica de la Universidad de Alicante, nombramiento que acredita mediante Decreto 186/2024 de 17 de diciembre del Consell de la Generalitat, y en nombre y representación de este organismo, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas en razón de su cargo conforme a lo dispuesto en el artículo 64, apartado h del Estatuto de la Universidad de Alicante y situado en el Campus de San Vicente del Raspeig, Ap. 99, 03080 Alicante (España). De otra parte, el Excmo. Sr. D. Luis Barcala Sierra, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Alicante, con CIF P0301400H, y en nombre y representación del Ayuntamiento de Alicante, facultado para este acto por Resolución de Junta de Gobierno Local de fecha 17 de junio de 2023 y de acuerdo con las competencias atribuidas en el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Objeto: 

El objeto de este convenio es regular la colaboración entre la Universidad de Alicante y el Ayuntamiento de Alicante, a través de su Concejalía de Mayores, para el desarrollo de actividades de divulgación científica y transferencia de conocimiento sobre promoción del envejecimiento activo y saludable, en los centros de mayores de la ciudad de Alicante. 

Vigencia
Vigente: 
Plazo de vigencia: 
De 31 de Julio de 2026 hasta 30 de Julio de 2030
Motivos de extinción: 

Cualquiera de las partes podrá denunciar el convenio, comunicándolo por escrito a la otra parte con al menos dos meses de antelación a la fecha en la que pretenda darse por finalizado.

Aprobación y publicación
Acto de aprobación: 
Acuerdo de Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 21 de julio de 2026
Órgano mixto de seguimiento y control: 
Ambas partes, constituirán una Comisión Mixta, formada por dos miembros por cada una de las partes, que tendrá como funciones el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos asumidos por las partes. También resolverá los problemas que puedan surgir en el desarrollo del mismo.