Objeto:
Consiste en la formación de personas con discapacidad en labores adecuadas a sus condiciones específicas, consistente en prácticas laborales formativas durante un año, prorrogable previo acuerdo de las partes. El presente convenio es continuación de otros similares suscritos con anterioridad.
Financiación:
La subvención que otorga el Ayuntamiento se efectúa mediante el procedimiento de concesión directa establecido en los artículos 22.2.a) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por encontrarse prevista en el vigente presupuesto general municipal e incluida en el anexo de subvenciones nominativas, a favor de APSA, con NIF G03049038, por importe de SETENTA MIL QUINIENTOS EUROS (70.500,00 €).
Órgano mixto de seguimiento y control:
Se constituirá una Comisión Mixta de seguimiento integrada por la persona titular de la Concejalía de Cultura, o persona en quien delegue, que actuará como Presidente/a; la Presidenta de APSA, o persona en quien delegue; y dos técnicos/as
designados/as por cada una de las entidades, respectivamente; actuando como Secretario/a el/la técnico/a municipal.





