Convenio de colaboración entre el Exmo. Ayuntamiento de Alicante y Aguas Municipalizadas de Alicante para la gestión del Fondo Social de la tarifa de agua, alcantarillado y aguas residuales

Nº de registro: 
677
Tipo de convenio: 
Con personas o entes de derecho privado
Ámbito: 
Acción Social
Área, servicio o concejalía: 
Concejalía de Bienestar Social
Entidad con que se suscribe: 
Aguas Municipalizadas de Alicante
Fecha de suscripción: 
26 de Enero de 2026
Partes que suscriben: 
De una parte, D. Luis Barcala Sierra, Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Alicante, facultado para el presente acto por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 07 de febrero de 2023, en representación de dicha Administración. De otra parte, D. Sergio Sánchez Ríos, actuando en nombre y representación Aguas Municipalizadas de Alicante, E.M. (en adelante AMAEM), domiciliada en Alicante.
Objeto: 

El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre el Ayuntamiento de Alicante y AMAEM a fin de coordinar esfuerzos dirigidos a optimizar la
aplicación del FS destinado a clientes en situación de precariedad económica y/o exclusión social, que reúnan los requisitos estipulados y valorados por los Servicios Sociales
municipales (en adelante SS.SS.) o conjunto de clientes (edificaciones), que supongan una amenaza para las personas que los habitan y que reúnan los requisitos estipulados y
valorado por el Servicio de Mediación Intervención y Asesoramiento Jurídico en Comunidades Vecinales de Zona Norte del Ayuntamiento de Alicante (en adelante
S.M.I.CC.VV), del Departamento de Planes Integrales en Barrios Vulnerables, de la Concejalía de Planes Estratégicos y Proyectos Europeos.

Vigencia
Vigente: 
Plazo de vigencia: 
De 26 de Enero de 2026 hasta 26 de Enero de 2027
Condición de vigencia: 
Prorrogable mediante acuerdo expreso y unánime entre las partes, hasta un máximo de cuatro años.
Motivos de extinción: 

El presente convenio se puede resolver por las causas siguientes:

Por la expiración del plazo de duración de éste.
Por mutuo acuerdo entre las partes.
Por el incumplimiento por cualquier de las partes de las condiciones establecidas en el presente convenio.
Por decisión unilateral de una de las partes, mediante comunicación expresa por escrito a la otra, con una antelación mínima de dos meses a la fecha en que vaya a darlo por concluido.

Aprobación y publicación
Acto de aprobación: 
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 20 de enero de 2026, adoptó entre otros el siguiente ACUERDO: “ 11. APROBACIÓN DE UN CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALICANTE Y AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE PARA LA GESTIÓN DEL FONDO SOCIAL DE LA TARIFA DE AGUA Y ALCANTARILLADO”.
Documento de Acto de aprobación: 
Financiación: 
El importe anual destinado a este Convenio, así como cualquier modificación que pueda producirse del mismo, será comunicado por AMAEM al Ayuntamiento a los efectos oportunos, durante la vigencia del mismo.
Órgano mixto de seguimiento y control: 
Al objeto de velar por el cumplimiento general de las cláusulas del presente convenio y la coordinación de las actuaciones previstas, se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento formada por: • El/a Concejal/a Delegado/a de Bienestar Social o persona en quien delegue, que actuará de Presidente/a. • El/ la Concejal/a Delegado/a de Planes Estratégicos y Proyectos Europeos, o persona en quien delegue. • Un representante de AMAEM. • Un/a técnico/a municipal actuando de secretario, quien levantará Acta de la sesión.