Ayudas a la obtención de la acreditación y adquisición del nivel de competencia en idiomas

Ayudas económicas para sufragar parte de los gastos de la obtención de la acreditación y adquisición de nivel B1, B2 y C1.

ayudas certificación idiomas

La presente Convocatoria se encuadra dentro de las medidas que la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Alicante dirige al colectivo juvenil de la ciudad y en las que se incluyen ayudas a la obtención de la acreditación y adquisición del nivel de competencia en idiomas, concebidas como una prestación económica no periódica dirigida directamente al beneficiario. 

El objeto de la presente convocatoria es la regulación de ayudas económicas para sufragar parte de los gastos de la obtención de la acreditación y adquisición de nivel de competencia lingüistica B1,B2 y C1 en cualquiera de los idiomas recogidos en el Decreto 242/2019,de 25 de octubre de la Generalitat Valenciana, es decir: italiano, portugués, rumano, valenciano, euskera, griego, ruso finés, neerlandés, polaco, chino, japonés, árabe, inglés, francés y alemán, desde el 1 de octubre de 2021 hasta el último día de plazo de presentación de solicitudes 

 

Únicamente se podrá solicitar UNA ayuda por persona.

NO SE SUBVENCIONARAN LAS CERTIFICACIONES OBTENIDAS A TRAVÉS DEL SISTEMA EDUCATIVO DE ENSEÑANZA REGLADA ( ESO, BACHILLER Y GRADO UNIVERSITARIO).  

 

REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

Podrán ser beneficiarias de las presentes ayudas las personas físicas que, habiendo aprobado las pruebas de certificaciones de los idiomas reseñados en el punto anterior, cumplan los siguientes requisitos:

1. Estar empadronado en el municipio de Alicante.

2. Edad: de 16 a 30 años, cumplidos en el momento de la solicitud.

3. Haber obtenido la Certificación de uno de los niveles de competencia lingüística B1, B2 y C1 (Inglés, Francés o Alemán), en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2021 hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes, inclusive.. 

4. No haber sido beneficiaria/o de otras becas o ayudas concedidas para la misma finalidad.

5. Ser titular de una cuenta bancaria.

6. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como con la Hacienda Municipal.

7. Será requisito imprescindible para los/as solicitantes menores de 18 años, que la solicitud venga autorizada por su representante legal.  

 

Las solicitudes, acompañadas de la documentación detallada en el apartado cuarto se presentarán,  en la Oficinas de Atención Integral a la Ciudadanía (SAIC) en C/ Cervantes 3, Portugal 17 y Pino Santo 1A o bien a través de la SEDE electrónica ( https://sedeelectronica.alicante.es/servicios.php) o cualquier otro medio establecido en la Ley 39/2015, de 30 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La atención telefónica se presta a través del número de marcación reducida 010.

 

Os dejamos el enlace de todas las posibilidades para presentar la documentación en el Ayuntamiento (SAIC): 

https://www.alicante.es/es/tramites/instancia-general-del-ayuntamiento-a...

 

 

¡¡AMPLIADO EL PLAZO HASTA EL 15 DE NOVIEMBRE!!

Información complementaria