Con fecha 26 de febrero de 2026, el Pleno del Ayuntamiento ha acordado inadmitir las reclamaciones presentadas por no concurrir en ellas ninguno de los supuestos que establece el artículo 170.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de la Haciendas Locales para reclamar contra el Presupuesto.
Como consecuencia queda elevado a definitivo el Presupuesto del Ayuntamiento y el de sus Organismos Autónomos Administrativos, así como las respectivas Plantillas de Plazas de conformidad con el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de la Haciendas Locales
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