Subvenciones a Entidades Deportivas en competiciones Alto Nivel 2023

Desescalada Instalaciones Deportivas

El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión, para la temporada 2022/2023, de subvenciones a entidades deportivas, sin ánimo de lucro y con domicilio social en el municipio de Alicante, que participen con uno o varios equipos senior en competiciones deportivas oficiales de alto nivel.

La finalidad es contribuir al fomento de la práctica deportiva de alto nivel y su participación en las competiciones deportivas oficiales en las que se encuentren inmersos, ayudando a sufragar parte de los gastos que les ocasionen las mismas.

A efectos de estas bases, se define como competición deportiva oficial de alto nivel a las ligas estatales oficiales de deportes de equipo en sus tres máximas categorías, organizadas por federaciones reconocidas por el Consejo Superior de Deportes, con participación de equipos senior y con un ámbito geográfico limitado al territorio nacional.

Solo se tendrá en consideración, dentro de las tres máximas categorías citadas anteriormente, la categoría con más alto nivel en la que exista al menos un equipo representante de una entidad deportiva con domicilio social en el municipio de Alicante, siempre que se cumplan los requisitos citados en el párrafo anterior y siga teniendo categoría estatal.

La competición deportiva oficial se debe desarrollar por un sistema de liga regular en el que la competición no se realice en concentración sino por un sistema de jornadas separadas en el tiempo.

Si dicha liga se compone de fases diferenciadas, excluidos los playoffs de ascenso o descenso si los hubiese, cada una las fases deberá estar integrada por equipos de la misma categoría, no admitiéndose los equipos que hayan disputado fases mixtas con equipos de inferiores categorías.

Se establece que los equipos senior participantes en la convocatoria deben tener un calendario oficial de competición previsto de al menos 18 partidos de las citadas competiciones. Dichos partidos se deben haber disputado antes de la resolución de la convocatoria salvo causa de fuerza mayor. Se excluirá del cómputo de partidos disputados los playoffs de ascenso o descenso si los hubiese.

Quedan excluidos de la convocatoria los equipos que participen en ligas profesionales o presenten elementos que indiquen que tienen la consideración de profesionalizadas. A efectos de esta convocatoria: la 1ª división, 2ª división y 1ª RFEF en el fútbol masculino, la Finetwork Liga F en el fútbol femenino, la Liga ACB en el baloncesto masculino, la Liga Femenina Endesa en el baloncesto femenino y la Liga Plenitude ASOBAL en el balonmano masculino.

No tienen consideración a efectos de esta convocatoria, independientemente de la utilización de la denominación como liga, las competiciones deportivas oficiales que no verifican las condiciones expuestas en los párrafos anteriores.

La dotación presupuestaria máxima destinada a esta convocatoria será de 99.850 €.

La concesión de la subvención se efectuará en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria y procedimiento selectivo único.

DÓNDE TRAMITAR LA SOLICITUD
En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante.

Acceso al trámite: https://bpm.alicante.es/OAC/TramitadorExt.jsp?idioma=es&texpcod=DE01&useClave=true

ALTA DE TERCEROS (MUY IMPORTANTE)
Al realizarse el pago de la subvención mediante transferencia bancaria, es condición indispensable, que la entidad deportiva está dada de Alta como Tercero en la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Alicante. En el caso de no estar dada de alta, necesitar rectificar algún dato o modificar la cuenta bancaria, se deberá realizar el trámite con carácter previo a la presentación de la solicitud. En el enlace: https://www.alicante.es/es/tramites/solicitud-alta-terceros se dispone de información para la realización de dicho trámite.

CONTACTO
Para cualquier consulta o aclaración acerca de la convocatoria, contactar en el correo: subvenciones.deportes@alicante.es

Para cualquier consulta o aclaración acerca de los requerimientos técnicos de la Sede Electrónica, contactar en el correo: tramit.online@alicante.es

AVISO LEGAL
La información proporcionada es a título informativo y en ningún caso sustituye a las bases reguladoras de la convocatoria, en caso de discrepancia solo se tendrá en cuenta lo contenido en las citadas bases.

Presentación
Plazo de presentación: 
De 10 de Mayo de 2023 hasta 29 de Mayo de 2023
Documentación a presentar: 

En el caso de que la entidad participe en la convocatoria de “Subvenciones al Deporte Federado 2023” o en la convocatoria de “Subvenciones a Entidades Deportivas para Transporte 2023”, no será necesario aportar los documentos que se indican a continuación, en el caso de que hayan sido aportados en alguna de las convocatorias indicadas anteriormente.

Junto con la solicitud deberá acompañarse la documentación que se indica a continuación:

a) CIF.

b) Estatutos de la entidad.

c) Acta nombramiento de la Junta Directiva de la entidad, Certificado expedido por el secretario de la entidad recogiendo la composición de la Junta Directiva o Certificado oficial con indicación de dicha Junta Directiva (se debe aportar uno de los documentos anteriores).

d) En el caso de ser una asociación o club deportivo, declaración responsable en la que se indique que se ha celebrado una sesión de la junta directiva para acordar la solicitud de la convocatoria (No es necesario adjuntarla, se declara al firmar el trámite de la solicitud electrónica).

e) Documento justificativo de la inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunitat Valenciana.

f) Certificado emitido por la federación correspondiente (Anexo 1. Federación) en referencia a la temporada 2022/2023.

En el caso de que los equipos de la entidad deportiva participen en competiciones gestionadas por diferentes federaciones, se adjuntará un Anexo 1 por cada una de las federaciones. En el caso de practicar distintas modalidades de un mismo deporte, se utilizará un Anexo 1 por cada una de las modalidades indicadas.

El Anexo 1 podrá ser sustituido por certificado propio de la federación siempre que contenga los mismos datos que figuran en el documento normalizado.

Los datos reflejados en el Anexo 1 permiten evaluar a la entidad en su conjunto por lo que el indicado documento solo será necesario aportarlo una única vez, independientemente de si se participa en una o varias de las convocatorias indicadas a continuación: “Subvenciones a Entidades Deportivas Alto Nivel 2023”, “Subvenciones al Deporte Federado 2023” o “Subvenciones a Entidades Deportivas para Transporte 2023”.

g) En el caso de figurar el logotipo de la Concejalía de Deportes en la equipación de competición del equipo o equipos participantes en esta convocatoria, para cada uno de los equipos se aportarán fotografías que permitan verificar la presencia del citado logotipo. Las fotografías deben corresponder al menos a dos encuentros oficiales disputados, así mismo, se deberá identificar la fecha y jornada de la competición de las fotografías aportadas.

En el formulario de la solicitud, se puede autorizar a la Concejalía de Deportes el acceso a la Tesorería del Ayuntamiento de Alicante y a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, para verificar que la entidad está al corriente de sus obligaciones tributarias y a la Tesorería General de la Seguridad Social para verificar que la entidad no tiene deudas con el citado organismo.

Si por motivos ajenos a la Concejalía de Deportes no se tuviese acceso a la consulta de la información anteriormente señalada, se requerirá a los/las interesados/as para que la aporten al expediente.

En el caso de que no se autorice el acceso a la consulta de dichos datos o sea requerida, se deberán aportar los certificados positivos, a nombre de la entidad, de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Tesorería del Ayuntamiento de Alicante y con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de no tener deudas con la Tesorería General de la Seguridad Social; a efectos de obtener una subvención otorgada por las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo establecido por la LGS. Dichos certificados tienen una validez de 6 meses desde la fecha de su expedición, tal como se indica en el art. 23.3 del RLGS.

Formas de Presentación

Información complementaria