Solicitud del servicio de mediación en conflictos hipotecarios y de arrendamientos de viviendas

El servicio de asesoramiento y mediación en conflictos hipotecarios y arrendamientos de vivienda pretende informar, asesorar y mediar entre los afectados por el impago de una hipoteca o de impago de renta de alquiler, bien con las entidades financieras o bien con los arrendadores de las viviendas.

Este servicio aspira a lograr la solución del problema o bien mediante la negociación de condiciones con las entidades de crédito o con el arrendador que permitan la permanencia del afectado en su vivienda, o bien, en los casos extremos en los que se llegue a la pérdida de vivienda, a través de la consecución de una vivienda alternativa en alquiler. El Servicio cuenta con asesoría jurídica del Ilustre Colegio de Abogados de Alicante.

Requisitos para solicitantes del servicio de mediación conflictos hipotecarios

Disponer, en la ciudad de Alicante, de una sola propiedad inmobiliaria, destinada a residencia habitual y permanente que se encuentre afectada por el riesgo de pérdida por impago, y en la que se esté empadronado.

  • Debe existir una pérdida sobrevenida de ingresos, que dificulte afrontar los pagos de la hipoteca.
  • El valor de compra límite de la vivienda no debe superar la cantidad de 150.000 €.
  • Los ingresos de la unidad familiar no deben superar 3 veces el IPREM (aproximadamente 22.365,42 €)

Requisitos para solicitantes del servicio de mediación conflictos de arrendamiento

  • No poseer vivienda en propiedad ningún miembro de la unidad familiar.
  • Debe existir una pérdida sobrevenida de ingresos que dificulte afrontar los pagos de alquiler.
  • Estar empadronado en la vivienda constituyendo su domicilio habitual y permanente desde la fecha de la celebración del contrato de arrendamiento.
  • Los ingresos de la unidad familiar no deben superar 3 veces el IPREM (aproximadamente 22.365,42 €)