Solicitudes que NO han participado en el proceso ordinario y NO tienen puesto escolar Curso 2023-24
Una vez cerrado el plazo establecido por RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2023 del director general de Centros Docentes, por la que se establece el calendario de admisión del alumnado en los centros públicos y privados concertados de la Comunitat Valenciana que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, para el curso 2023-2024, el alumnado que no haya participado en el proceso de admisión y esté sin escolarizar, deberá acudir la Oficina Municipal de Escolarización a partir del 1 de junio con cita previa.
A través del siguiente enlace pueden coger la CITA PREVIA
https://citaprevia.alicante.es/CitaPrevia/#/inicio?2
A estas solicitudes se les asignará plaza escolar una vez finalizado el proceso ordinario de admisión por orden de entrada y atendiendo a las vacantes existentes.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA que solicitará la Oficina Municipal de Escolarización, Calle Maldonado, nº 9:
* DNI, PASAPORTE, NIE o cualquier otro documento de identidad del país de procedencia del padre/ madre, tutor/a, o representante legal.
* Filiación familiar: Libro de familia o documento equivalente, Registro civil del nacimiento, certificado de nacimiento o cualquier otro documento oficial dónde quede especificado: nombre y apellidos del alumno/a, fecha y lugar de nacimiento y la filiación.
*Justificante de domicilio, para verificar que se trata de una escolarización sobrevenida: se justificará mediante el Certificado de Empadronamiento de al menos uno de los progenitores, tutores o representantes legales y del alumnado a escolarizar.
Si se está empadronado No se tiene que aportar, ya que la Oficina Municipal de Escolarización lo comprueba de oficio. Ha de existir simultaneidad de fechas entre la fecha de empadronamiento y la de la solicitud de plaza escolar.
.En caso de no estar empadronado se aportará la cita del Servicio de Estadística, contrato de compraventa o contrato de alquiler de la vivienda, en el que se comprobará que una de las partes es uno de los progenitores, tutores o representantes legales. Ha de existir simultaneidad de fechas entre la firma del contrato y la de la solicitud de plaza escolar.
En última instancia si tampoco se dispone de contrato de compra o de alquiler de la vivienda se admitirá el escrito justificativo del domicilio familiar y de las personas menores en edad de enseñanza obligatoria emitido por el centro social municipal que corresponda, ONG, o cualquier otra Entidad legal.
*Tarjeta SIP o documento equivalente que acredite la asistencia sanitaria de la alumna/alumno.