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Nuevas posibilidades al domiciliar sus tributos municipales

Domiciliar un recibo por primera vez

Modelo 1

(Modelo 1)

Fuera del período voluntario

Obtener el impreso que se le facilitará en Tesorería-Recaudación (Modelo 1) y presentarlo en la Entidad Bancaria donde quiera domiciliarlo para el ejercicio siguiente.


Durante el período voluntario

Modelo 2

(Modelo 2)

El tríptico (Modelo 2) que habrá recibido en su domicilio o que se le facilitará en las oficinas de Relaciones con el Contribuyente de la C/ Jorge Juan, nº 1, bajo incorpora la orden de domiciliación para que en el momento de pago Ud. puede domiciliar dicho recibo para el ejercicio siguiente.

 Recuerde que la domiciliación de cada recibo es independiente de la de los demás recibos a su nombre y que si pretende domiciliar todos los recibos a su nombre deberá efectuar el trámite anterior por cada uno de ellos.


Cambiar la cuenta o Entidad Bancaria de la domiciliación

Fuera del período voluntario

La forma de actuar es igual que si fuera a domiciliar por primera vez fuera del período voluntario de pago, esto es, obtener el impreso que se le facilitará en Tesorería-Recaudación y presentarlo en la Entidad Bancaria donde quiera domiciliarlo para el ejercicio siguiente (no debe acudir a la Entidad Bancaria donde lo tenía domiciliado hasta ese momento), o si lo que desea es modificar la cuenta dentro de la misma Entidad, presentar el impreso en la misma Entidad indicando la nueva cuenta.

Durante el período voluntario

Modelo_3

(Modelo 3)

Utilizando el propio AVISO (Modelo 3) de cargo de recibo domiciliado que se envía junto con el recibo y rellenando la parte de atrás de dicho impreso, entregándolo en la Entidad Bancaria donde desee domiciliar para el ejercicio siguiente o en la misma Entidad si lo que desea en cambiar la cuenta de domiciliación.

Si no recibe el AVISO deberá solicitar información en la oficina de Relaciones con el Contribuyente para conocer la situación real del recibo (titular del recibo, domicilio donde se ha enviado el recibo, y la Entidad Bancaria y cuenta de cargo): Si una vez conocida dicha información desea modificar la cuenta o Entidad Bancaria de la domiciliarción deberá actuar como en el apartardo A) del punto 1.


Anular la orden de domiciliación

 Deberá presenta el AVISO (Modelo 3) de cargo de recibo domiciliado que se envía junto con el recibo en las oficinas de Tesorería-Recaudación. Si no ha recibido dicho AVISO en las oficinas indicadas anteriormente se le facilitará un documento para que pueda anular su domiciliación.