
Mercadillos de Venta no Sedentaria
Normativa
Ordenanza Ordenanza reguladora de la Venta y Realización Lucrativa de Servicios y otras Actividades Artísticas, de manera no sedentaria, en el municipio de Alicante
Tasa por ocupación temporal de terrenos de uso público para el ejercicio de actividades comerciales, industriales y espectáculos
Normas para la adjudicación e instalación de puestos de venta no sedentaria en mercados organizados por la Concejalía de Patrimonio, Conservación de Inmuebles y Ocupación de Vía Pública para el ejercicio 2012
Instancia Puestos en mercados ocasionales
Las presentes Normas tienen por objeto fijar los criterios que regirán en la adjudicación e instalación de puestos en los Mercados de Venta No Sedentaria, caracterizados por establecerse únicamente en determinados periodos estacionales o festivos, destinados a la venta de productos específicos del periodo o festividad de que se trate o de productos artesanales.
Serán de aplicación a los Mercados que se relacionan a continuación:
- Mercado de “La Palma”
- Mercado de Santa Faz.
- Mercado de Artesanía de Verano.
- Mercado de Flores de Todos los Santos.
- Mercado de Cascaruja, Porrate y Artesanía de Navidad y Reyes.
- Mercado de “Filatelia, Numismática y Coleccionismo”.
- Mercado de la Explanada.
- Cualesquiera otros mercadillos que puntual o excepcionalmente se organicen por la Concejalía de Patrimonio, Conservación de Inmuebles y Ocupación de Vía Pública, durante el ejercicio 2012.
- Mercado de “San Antón”.