Patronato Municipal de Escuelas InfantilesNormas de Funcionamiento - Información General y Cuotas Página Inicial del Departamento Página Inicial del Portal del Ayuntamiento de Alicante
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Información General

  1. No se entregará el niño a ninguna persona menor de edad ni desconocida, distinta de la que habitualmente lo recoge. En caso de cualquier anomalía, la persona que pase a recogerlo deberá presentar el DNI (o fotocopia) del padre, madre o representante legal del niño y una autorización firmada por alguno de ellos. En todo caso, se deberá avisar con antelación a la Escuela.
  2. En caso de circunstancias familiares especiales (divorcio, separación, etc.) se comunicará al centro adjuntando certificado de dicha situación, a los efectos que procedan.
  3. Para cualquier excursión o salida que organice la Escuela Infantil, los padres deberán otorgar su conformidad por escrito.
  4. El Consejo del Patronato dará de baja a los alumnos que dejen de asistir reiterada e injustificadamente a la Escuela.
  5. Cuando un niño cause baja en el Centro por voluntad propia, deberá comunicarse, por escrito inmediatamente a la Dirección de la Escuela.
  6. Cualquier anomalía relativa a la inasistencia del niño a la Escuela Infantil, deberá comunicarse antes de las 10 de la mañana del día en que se produzca, así como los motivos de la misma.
  7. Los cambios de domicilio y teléfono deberán ser comunicados a la Escuela. El incumplimiento de dicha obligación  podrá dar lugar a la imposición de las mismas sanciones previstas en el apartado 2, punto 4.

Cuotas

  1. La aportación de los usuarios del servicio de escuela y de comedor al coste de todo el curso, se distribuye en el pago de 10 cuotas, de septiembre a junio, ambos inclusive, por lo que la cuota que correspondería al mes de julio figura prorrateada a partes iguales en los diez meses precedentes.
  2. El impago de dos cuotas o la repetida devolución de éstas sin causa justificada puede ser motivo de baja en el Centro, sin perjuicio de la ejecución de medidas legales conducentes al cobro de todas las cuotas pendientes.
  3. Las becas o reducciones del importe de la cuota  previstas en la Ordenanza reguladora del precio público por prestación del servicio de escuela infantil, podrán ser objeto de revisión a lo largo del curso escolar, pudiendo experimentar variaciones en función de los cambios de la situación económico-familiar. Así, en el caso de producirse alguna variación durante el curso, deberá comunicarse a la Trabajadora Social para que haga la correspondiente revisión y propuesta de variación  de la beca o de la reducción de cuota. A estos efectos, el Patronato podrá solicitar  información complementaria para verificar y ampliar los datos aportados inicialmente, que de no ser entregada en el plazo otorgado, según los casos, supondrá la pérdida del derecho a asistir a la escuela así como de la ayuda inicialmente concedida,  mientras ésta no se aporte. La falsedad de los datos o la negativa a aportarlos puede determinar la pérdida  del derecho a la plaza de la Escuela.