Cómo puede reclamar ante la OMIC

​Antes de acudir a la OMIC, solicite las hojas de reclamaciones en el establecimiento donde han ocurrido los hechos que se reclaman o utilice el procedimiento de reclamación que tenga el reclamado en su página web, si se trata de una compra por internet; en ellos, podrá exponer el motivo de su queja y el vendedor o prestador del servicio podrá dar su versión de los hechos. No olvide que todos los comercios y empresas de servicios deben tener dichas hojas de reclamaciones a disposición de los clientes (venta presencial en establecimiento comercial)

Si el resultado de la reclamación  no ha sido satisfactorio en el plazo de un mes, el reclamado tiene su domicilio social en España y Vd reside en la ciudad de Alicante puede solicitar la mediación de la OMIC.

Presente la reclamación personalmente solicitando cita previa en la OMIC o por Registro General del Ayuntamiento, Comunidad Autónoma o Estado y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre. También de forma electrónica, si dispone de certificado digital a través de la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Alicante

Debe acreditarse con su nombre, D.N.I., dirección postal, teléfono de contacto y e-mail.

Igualmente, debe identificar claramente el establecimiento al que reclama, con su nombre y dirección completa.

Explique detalladamente los hechos que motivan la reclamación y, sobre todo, no se olvide de concretar lo que solicita (devolución de dinero, cambio del producto, arreglo de la avería, etc.)

Por último, acompañe su reclamación con todos los documentos que posea (facturas, contratos, publicidad, resguardos, etc.). Son muy importantes para que pueda prosperar la reclamación.

Se adjunta en los ANEXOS, los formularios habilitados para presentar una reclamación ("Telecomunicaciones" y "General", según la materia de que trate) junto con el documento relativo a la  protección de datos personales para todos los casos.

Lea previamente el documento "Información para presentar reclamación", en él, se informa de algunos sectores o materias que tienen procedimientos particulares de reclamación de los que son competentes otras Administraciones u Organismos específicos. 

De forma general, no se admite la presentación de reclamaciones por correo electrónico

Formas de Presentación