Administración Sin Papeles

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Nota informativa Concejalía de Urbanismo

Administración Sin Papeles

 

NOTA INFORMATIVA

Con motivo de la entrada en vigor el próximo 2 de octubre de 2016 de la Ley 39/2015,
de Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, resulta de
aplicación el artículo 16.5 de la citada norma, lo que conlleva, de forma implícita, la
modificación de la Disposición Adicional Segunda de la vigente Ordenanza Reguladora
del Procedimiento para el otorgamiento de licencias urbanísticas y figuras afines (OL,
en adelante) en lo referente a la forma de presentación de la documentación, en
concreto, el apartado 2º que quedará del siguiente modo:

“2. Cuando se trate de proyectos u otra documentación técnica, se presentará un
ejemplar … en soporte informático, en un CD, DVD o pen‐drive, en formato PDF, ….”
Igualmente resulta aplicable el artículo 3 de la Orden 1/2016, de 18 de enero, de la
Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio por la que se
establece el formato digital para la presentación de proyectos técnicos."

De ello se infiere que se elimina la obligación de presentar un ejemplar en formato
papel con las solicitudes vinculadas a expedientes en los que deben presentar
proyectos u otra documentación técnica, lo que la Ley 39/2015 califica como
“administración sin papeles”, no así en el resto de expedientes ya que podrá seguir
presentándose en formato papel.

En la OL se regulan todos los procedimientos que la Concejalía de Urbanismo tramita
así como la documentación y formato que en cada uno es preceptivo presentar y que
servirá para determinar aquellos sujetos a proyecto técnico o documentación técnica y
los que no están obligados a ello.

Información complementaria