Atención Tributaria

 

En las dependencias municipales de la Concejalía de Hacienda sitas en calle Jorge Juan número 5, se  podrán realizar todos los trámites relacionados con:

  • Impuesto de Bienes Inmuebles,  salvo los cambios de titularidad que deberán realizarse en las dependencias de la Dirección General del Catastro, sito en calle Reyes Católicos.
  • Impuesto sobre Actividades Económicas, salvo las declaraciones censales que deberán realizarse en las dependencias de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica
  • Tasa de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos (Basura)
  • Cualquier trámite relativo al resto de los tributos municipales.

 

Pago voluntario de tributos de cobro periódico:

  • Del 1 de marzo al 30 de abril:
    • Tasa de vados.

 

  • Del 15 de marzo al 30 de junio:
    • Impuesto de Bienes Inmuebles Urbanos.
    • Impuesto de Bienes Inmuebles de Características Especiales.
    • Tasa por Recogida de Residuos Sólidos.

 

  • Del 1 de septiembre al 31 de octubre. 
    • Impuesto de Vehículos de Tracción mecánica (IVTM)..
    • Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
    • Impuesto de Bienes Inmuebles Rústicos

Facilidades de pago

  • Sistema Especial de Pago del Ayuntamiento: En la ordenanza fiscal del Impuesto de Bienes Inmuebles se regula el sistema especial de pago de este impuesto.

 

  • Aplazamientos y Fraccionamientos: Durante los periodos de pago voluntario, podrá solicitar en las oficinas municipales de la Concejalía de Hacienda, sitas en calle Jorge Juan nº 5, el aplazamiento o fraccionamiento del pago de sus impuestos cumpliendo unos requisitos mínimos.

Domiciliaciones

La información detallada puede obtenerse en el siguiente link:

http://www.alicante.es/es/tramites/domiciliacion-bancaria

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