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Empleo y Fomento

Artículo 105.- El Ambito de Empleo y Fomento se estructura en:

  1. Servicio de Empleo y Fomento.
  2. Departamento de Empleo.
  3. Departamento de Promoción Económica y Fomento de Empresas.
  4. Programa de Inserción Laboral.

Artículo 106.- El Servicio de Empleo y Fomento tiene como objetivo el promover todas aquellas iniciativas que contribuyan a un mayor progreso económico y social de los ciudadanos, a través de la promoción para la creación de empleo.

Abordará todas las cuestiones municipales, en materia de Fomento de Empleo, así como el control y seguimiento de las empresas municipales, realizando las siguientes funciones:

  1. nformar, asesorar y orientar sobre recursos existentes para la creación de empleo.
  2. Promover la creación de nuevas empresas.
  3. Desarrollar e impulsar proyectos europeos en el ámbito del empleo.
  4. Control y seguimiento de las empresas municipales existentes y de las futuras participaciones del Ayuntamiento de Alicante en actividades empresariales.
  5. Desarrollar la ejecución del Plan de Empleo 1999-2003.
  6. Dirección del personal del ámbito de actuación.
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Artículo 107.- El Departamento de Empleo realiza las siguientes funciones:

  1. a) La promoción de la creación de empleo.
  2. Servicio de asesoramiento jurídico, económico y fiscal para la creación de empresas y autoempleo.
  3. Actividades destinadas a incentivar las inversiones productivas generadoras de empleo.
  4. Elaborar y desarrollar los planes de empleo.
  5. Fomentar la actividad económica generadora de empleo mediante la creación de un vivero de empresas y parques tecnológicos.
  6. Gestionar el Centro de iniciativas de Empleo.
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Artículo 108.- El Departamento de Promoción Económica y Fomento de Empresas, realiza las siguientes funciones:

  1. a) El análisis periódico de la evolución de las empresas por el Ayuntamiento, a través de los estados financieros y demás documentos contables.
  2. Preparación de la documentación necesaria para la asistencia a los órganos de gobierno y dirección de los representantes municipales.
  3. Expedientes de revisión de tarifas y tramitación de las ordenanzas reguladoras de los precios públicos correspondientes, en su caso.
  4. Estudios jurídico-económicos en relación con la privatización de servicios prestados por el Ayuntamiento.
  5. Creación e impulso de fórmulas de gestión de servicios públicos mediante instrumentos empresariales y análisis y evaluación de las alternativas legales existentes.
  6. Informes económicos de las ofertas presentadas en los expedientes de concesiones administrativas.
  7. Informes sobre valor de mercado de las autorizaciones para el uso especial del dominio público municipal.
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Artículo 109.- El Programa de Inserción Laboral realiza las siguientes funciones:

  1. Desarrollar los proyectos de Escuelas Taller y Casas de Oficio.
  2. El programa de empresas de inserción social.
  3. Los programas de formación.
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